
El Congreso de la República aprobó, en primera votación, el dictamen que otorga amnistía a los miembros de las Fuerzas Armadas (F.F.A.A.), Policía Nacional (PNP) y de los comités de autodefensa que vienen siendo procesados, han sido acusados o no tienen sentencia firme por delitos cometidos durante la época del terrorismo en el Perú entre los años de 1980 y 2000.
Tras ello, la propuesta legislativa tendrá que pasar por una segunda votación transcurridos 7 días calendario, según el articulo 78 del reglamento del Parlamento.
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Antes de esta aprobación en primera instancia, se sometió a votación de cuestión previa para que el PL retorne a las Comisiones de Constitución y Justicia. Sin embargo, en ambas no se llegaron a los votos requeridos.
La norma indica que la amnistía se hará efectiva para miembros de las FF.AA., PNP y comités de autodefensa que no cuenten con sentencia firme con calidad de cosa juzgada, que pudieran estar denunciados, investigados o procesados por delitos vinculados a la lucha contra el terrorismo en los años 1980 y 2000.
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Asimismo, esta alcanza a miembros de las entidades anteriormente indicadas que sean adultos mayores e integrantes del comité de autodefensa que cuenten con sentencia firme con calidad de cosa juzgada y/o en trámite de ejecución.
Sin embargo, la norma indica que la amnistía no aplica para quienes se encuentran denunciados, imputados o condenados por terrorismo o por delito de corrupción de funcionarios los que deben ser objetivo de los procesos penales correspondientes.
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Como recordemos, la Comisión de Constitución y Reglamento aprobó por mayoría esta propuesta legislativa. El presidente de este grupo de trabajo parlamentario, Fernando Rospigliosi, indicó que la propuesta no representa ninguna impunidad y que responde a una necesidad histórica, justa y humanitaria.
