
El pleno del Congreso no alcanzó los votos requeridos para aprobar el proyecto de resolución legislativa que proponía inhabilitar por diez años para ejercer la función pública al expresidente Pedro Castillo por el caso del golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022.
Fueron 44 votos a favor, 31 en contra y 3 abstenciones. Se requerían para su aprobación los dos tercios del número de miembros del Parlamento, sin participación de la Comisión Permanente. Por consiguiente, se expedirá la resolución legislativa del Congreso correspondiente y se remitirá el expediente al archivo.
Lo mismo sucedió con los proyectos de resolución legislativa que proponían inhabilitación para los exministros de ese gobierno, Betssy Chávez y Willy Huerta.
El informe final concluía acusar al exmandatario detenido de infringir los artículos 2 (incisos 11, 12 y 24, apartado f), 38, 39, 45, 51, 90, 93, 102, 104, inciso 1 del artículo 118, 134, inciso 1 del artículo 137, 138, 146, 150, 158, 201 y 206 de la Constitución Política del Perú.
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En consecuencia, se propuso se le imponga la sanción de inhabilitación para el ejercicio de la función pública por diez (10) años, como la sanción máxima prevista en nuestro ordenamiento constitucional.
Como se recuerda, el 27 de noviembre, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema condenó a Castillo, Chávez y Huerta a 11 años y 5 meses de prisión por el delito de conspiración para la rebelión.

Debate
El defensor legal de Pedro Castillo, Carlos Torres Caro, sostuvo ante el Pleno que el proceso vulnera principios constitucionales y tratados internacionales. En primer lugar, advirtió que el Parlamento estaría incurriendo en “doble sanción” sobre los mismos hechos, pues ya existe una inhabilitación penal de dos años dispuesta por la Corte Suprema. “Si hoy imponen una inhabilitación de 10 años, estarían cometiendo una infracción constitucional. Así lo reconocen la Convención Americana de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y la Constitución”, señaló.
El segundo eje de su intervención fue que la infracción constitucional tiene carácter “residual”, es decir, procede únicamente cuando la conducta no está sancionada por la vía legal. Recordó que, según el precedente del Tribunal Constitucional (expediente 3593-2006), el juicio político solo opera cuando no existe sanción legal para la conducta. “Ustedes optaron por el artículo 117 y llevaron el caso al ámbito penal. No pueden retroceder y reabrirlo como infracción constitucional, porque el TC ha dicho que en esos casos no procede”, argumentó.
Finalmente, Torres Caro sostuvo que el procedimiento deriva de una “vacancia nula”, porque —según dijo— se aprobó sin garantizar el derecho de defensa, sin respetar la inmunidad presidencial y sin cumplir las mayorías reglamentarias. “No se puede construir derecho sobre la base de la violación del derecho. Estamos ante una infracción constitucional. Les adelanto: en seis meses esto va a cambiar y estos temas serán revisados”, advirtió.
Por su parte, el expresidente Pedro Castillo cuestionó que el Parlamento lo responsabilice de un “golpe de Estado” pese a que —según dijo— ese extremo no fue acreditado en sede judicial. “He sido sometido ya desde marzo a diez diligencias penales y la Sala Penal Permanente ha determinado que no hubo golpe de Estado ni rebelión”, manifestó.
Añadió que las acusaciones originales —rebelión, abuso de autoridad y perturbación a la tranquilidad pública— fueron descartadas y que solo prosperó el delito de conspiración, el cual, afirmó, “no ha podido probarse”. En esa línea, consideró injustificada la inhabilitación.
Castillo atribuyó la decisión parlamentaria a un ánimo político contrario a su elección. “Estoy seguro de que quienes marquen el botón verde son los que, desde la segunda vuelta de 2021, no querían que un hijo del pueblo llegue a Palacio”, señaló.

Posturas en el Pleno
El congresista Eduardo Salhuana (APP) sostuvo que el mensaje de Pedro Castillo del 7 de diciembre no fue producto de la improvisación ni de un impulso personal, sino “una decisión política” de alta gravedad. “¿Fue una proclama improvisada, un texto leído porque tuvo un mal presentimiento, una expresión espontánea? No. Fue una decisión política que constituye el acto más grave contra la democracia”, señaló. Añadió que el país arrastra dos siglos de inestabilidad y que la sanción “no es un tema de racismo ni clasismo”, sino de responsabilidad frente a los hechos.
Por su parte, Roberto Sánchez (bancada Juntos por el Perú–Voces del Pueblo–Bloque Magisterial) cuestionó el proceso seguido contra Castillo y recordó que, tras más de 70 audiencias, las imputaciones por rebelión derivaron finalmente en el delito de conspiración. “Lleva casi tres años de prisión efectiva. El pueblo siente que hubo un complot contra Pedro Castillo”, afirmó. En esa línea, solicitó archivar la causa y demandó que se trabaje por la libertad del exmandatario.
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Desde Somos Perú, el congresista Paul Gutiérrez cuestionó la legitimidad de la vacancia presidencial, al afirmar que se aprobó con 101 votos cuando se requerían 104 para habilitar el debate. “Sin esos votos, todo es nulo. Fue un golpe maquillado”, sostuvo. Acusó a parlamentarios de “inventar delitos” y de intentar justificar “flagrancia” cuando, según dijo, esa figura no aplica al presidente. “A Castillo lo vacaron por su origen, hay que decirlo claro”, remarcó.
En respuesta, el congresista Alejandro Muñante subrayó que el debate no abordaba los delitos de rebelión o conspiración, sino un juicio político por infracción constitucional. “Lo que se discute es si hubo o no infracción a la Constitución el 7 de diciembre del 2022. Aquí no se juzga el origen de nadie, sino a quien infringió la Constitución”, señaló. Añadió que la decisión busca garantizar que “el golpismo no vuelva a repetirse” y reivindicó la necesidad de defender la democracia.








