Voto digital. (Foto: Andina)
Voto digital. (Foto: Andina)
Redacción Gestión

Mediante el , se estableció la inclusión para la aplicación del voto digital en las de los algunos grupos prioritarios, ¿cuáles?

  • a) Los miembros en actividad de las y de la Policía Nacional del Perú, que no se encuentren desplazados fuera de su domicilio registrado en el Reniec.
  • b) Los peruanos que se encuentran fuera del territorio nacional.
  • c) El personal asistencial y administrativo de los establecimientos de salud públicos y privados, incluyendo hospitales policiales y militares.
  • d) El personal del Instituto Nacional Penitenciario.
  • e) El personal del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.
  • f) El personal del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y de la .
  • g) Los ciudadanos con discapacidad inscritos en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad y/o aquellos que figuran como tal en el padrón electoral.
  • h) Los ciudadanos cuya dirección domiciliaria registrada ante el Reniec corresponda al distrito de Cercado de Lima.
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La norma también pone el contenido de la presente resolución en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.

Finalmente, se ordena la publicación de la norma en el diario El Peruano y en la web oficial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano.

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