
Quienes accedan de manera ilícita a información, datos o sistemas informáticos y amenacen con divulgar, eliminar, alterar o inutilizar dicha información para obtener un beneficio económico, ventaja indebida o causar perjuicio, podrían recibir penas de entre 15 y 25 años de prisión.
Así lo establece el dictamen aprobado por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso, presidida por el parlamentario Flavio Cruz Mamani (Perú Libre), con 18 votos a favor en forma unánime.
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La propuesta modifica el artículo 200 del Código Penal e incorpora los delitos de extorsión cibernética y amenazas digitales, con el fin de adecuar la norma peruana al Convenio de Budapest y cubrir vacíos legales existentes.
El texto sustitutorio reúne los proyectos de ley 9443 y 9518, presentados por los congresistas Esdras Medina Minaya (Renovación Popular) e Idelso García Correa (APP), respectivamente.

Cruz Mamani sostuvo que, pese a los avances normativos, el actual marco penal no contempla expresamente estas conductas. “Este contexto evidencia la necesidad de actualizar el Código Penal y la Ley N.º 30096 para incluir las nuevas modalidades delictivas quirúrgicas con la expansión de los entornos digitales, a fin de brindar mayor seguridad jurídica y eficacia a la persecución penal de los ciberdelitos”, afirmó el legislador.
El dictamen también amplía la cobertura frente a prácticas como el ransomware, el phishing y el doxxing, delitos que implican el secuestro de archivos a cambio de rescate, el robo de datos o contraseñas, y la difusión de información personal sin consentimiento.
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Asimismo, el texto propone penas de entre seis y diez años de prisión cuando el ataque afecte sistemas informáticos de uso público o institucional, o comprometa la seguridad, la continuidad de servicios esenciales o infraestructuras críticas.
Desde la comisión señalaron que esta iniciativa refuerza la protección de ciudadanos, empresas e instituciones frente a nuevas formas de crimen digital, con un impacto positivo en la confianza y seguridad económica.








