Bloqueo de celulares. (Foto: Andina)
Bloqueo de celulares. (Foto: Andina)

El Ministerio del Interior aprobó el Decreto Supremo N.º 018-2025-IN, que establece los lineamientos para la baja o suspensión temporal de servicios móviles y el bloqueo de equipos que hayan sido utilizados o vinculados en la comisión de delitos.

El que deben seguir las entidades competentes para solicitar la baja del servicio móvil o el bloqueo de equipos con IMEI asociados a actividades delictivas.

El propósito es asegurar una actuación rápida, coordinada y verificable entre las instituciones del sistema de justicia y el sector telecomunicaciones.

LEA TAMBIÉN: Comisión del Congreso amplía cobertura para hijos de transportistas víctimas de delitos

Alcances

Los lineamientos son de aplicación obligatoria para el Ministerio del Interior (Mininter), la Policía Nacional del Perú (PNP), el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), el Poder Judicial, el Ministerio Público y el OSIPTEL, que supervisará la ejecución de las medidas.

Procedimiento para la baja o bloqueo

El con plazos breves que busca una intervención eficaz:

  1. Designación de funcionarios: En un plazo máximo de dos días hábiles, las entidades autorizadas informan al Osiptel quiénes serán los funcionarios responsables de enviar los reportes de solicitud de baja o bloqueo.
  2. Envío de reportes: Las solicitudes deben remitirse mediante el sistema de información del Osiptel, indicando al menos la entidad solicitante y el delito vinculado.
  3. Ejecución de la medida: Tras recibir el reporte, el Osiptel tiene un día calendario para requerir a la empresa operadora la ejecución de la baja o bloqueo, medida que debe cumplirse en un máximo de un día calendario adicional.
  4. Comunicación de resultados: El Osiptel informa a la entidad solicitante sobre la ejecución de la medida y mantiene un registro oficial de todas las solicitudes emitidas y atendidas.

Atención a usuarios

Como parte del procedimiento, las entidades del sistema de justicia deben habilitar canales de atención para que los abonados puedan presentar objeciones debidamente justificadas ante una baja o bloqueo.

Además, la PNP establecerá un canal formal con OSIPTEL para verificar la autenticidad de denuncias o constataciones policiales presentadas por usuarios que soliciten el bloqueo de su equipo o la suspensión del servicio.

Solo las denuncias verificadas permitirán que la empresa operadora ejecute la medida; de lo contrario, la solicitud será rechazada.

Finalmente, el decreto permite que las entidades involucradas emitan protocolos, guías o instructivos para implementar estos lineamientos sin afectar los derechos establecidos en normas de mayor rango.

TE PUEDE INTERESAR

Estado de emergencia: Bloquean 300 mil celulares no registrados
Advierten que PNP no cuenta con la tecnología para extraer información de celulares incautados
Claro: 3 de cada 10 peruanos ya usan celulares 5G, y en algunas zonas llega a 60%, ¿dónde?

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.