El decreto supremo que dispone el teletrabajo también ordena que las clases sean virtuales. (Foto: Pixabay)
El decreto supremo que dispone el teletrabajo también ordena que las clases sean virtuales. (Foto: Pixabay)
Redacción Gestión

El Gobierno establece que los trabajadores del sector público de Lima Metropolitana, la provincia de Huaral y la provincia Constitucional del Callao realicen teletrabajo los días lunes 11 martes 12 y miércoles 13 de noviembre del 2024. Ello con motivo de la realización de la Cumbre del.

Así lo dispuso a través del publicado hoy, que declara “días no laborables, a nivel de Lima Metropolitana, la provincia de Huaral y la Provincia Constitucional del Callao, para los trabajadores de los Sectores Público y Privado, los días jueves 14, viernes 15 y sábado 16 de noviembre de 2024″, detalla el texto”

No obstante, se establece el teletrabajo obligatorio solo para el sector público.

LEA TAMBIÉN: APEC 2024: Este será el recorrido del corredor rojo tras desvío vehicular

“Durante los días lunes 11 martes 12 y miércoles 13 de noviembre de 2024 las entidades del sector público ubicadas en Lima Metropolitana, la provincia Huaral y la provincia Constitucional Callao, de manera obligatoria y bajo responsabilidad realizarán sus labores bajo la modalidad de teletrabajo”, añade.

La norma también menciona que para fines tributarios son considerados hábiles los días jueves 14 y viernes 15 de noviembre del 2024.

Por otro lado, la medida precisa que “en las referidas fechas y provincias las instituciones educativas públicas y privadas bajo el ámbito de competencia al sector educación en todos sus niveles etapas y modalidades deben implementar la educación virtual”.

Excepciones

El texto señala que durante estos días se exceptúa del a los servidores estrictamente necesarios que participan en la prestación de los servicios esenciales que determine cada entidad del sector público y aquellos que brinden servicios cuya naturaleza no permita esta modalidad de trabajo.

LEA TAMBIÉN: Días no laborables por APEC: ¿Hay pago adicional por trabajar en estos días?

“En las fechas antes señaladas las entidades o empresas sujetas al régimen de la actividad privada, pueden implementar la modalidad de teletrabajo, siempre que medie acuerdo entre trabajador y empleador, de conformidad con la normatividad vigente”, añade.

Asimismo, “las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la que brindan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, pesca, puertos, aeropuertos, terrapuertos, hoteles y establecimientos de hospedaje que reciban y presten servicio a huéspedes, restaurantes, seguridad, custodia, vigilancia, empresas del sistema financiero y otros servicios financieros, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos,” están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos de los días no laborables declarados por el Decreto Supremo, y los trabajadores respectivos que continúan laborando, a fin de garantizar la provisión de servicios a la comunidad.

Comienza a destacar en el mundo empresarial recibiendo las noticias más exclusivas del día en tu bandeja Aquí. Si aún no tienes una cuenta, Regístrate gratis y sé parte de nuestra comunidad.


Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.