Estado de emergencia. (Foto: Mindef)
Estado de emergencia. (Foto: Mindef)
Redacción Gestión

Mediante distintos decretos supremos, el Gobierno prorrogó el en cinco provincias de dos departamentos del país.

El Ejecutivo dispuso la ampliación del Estado de Emergencia por 60 días, a partir del 11 de agosto del 2024, declarado en las provincias de Putumayo y Mariscal Ramón Castilla del departamento de .

Asimismo, se estableció la prórroga en las provincias de Trujillo, Virú y Pataz , por el plazo de 30 días.

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La norma detalla que la Policía Nacional del Perúmantiene el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas.

La medida contempla la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.

La intervención de las fuerzas del orden se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1186, que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú; y en el Decreto Legislativo N° 1095, establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las en el territorio nacional.

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Dentro de los 5 días hábiles posteriores al término delprorrogado, la Policía debe presentar al titular del Ministerio del Interior, un informe detallado de las acciones realizadas durante el régimen de excepción y los resultados obtenidos.

La implementación de las acciones previstas en el presente Decreto Supremo, se financia con cargo al presupuesto institucional asignado a los pliegos involucrados, y a las asignaciones de recursos adicionales autorizadas por el Ministerio de Economía y Finanzas.

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