El Indecopi sancionó a la promotora de un colegio privado de Puno con una multa de 9 UIT por incumplir las normas de convivencia escolar y no contar con el Libro de Reclamaciones. Foto: Indecopi.
El Indecopi sancionó a la promotora de un colegio privado de Puno con una multa de 9 UIT por incumplir las normas de convivencia escolar y no contar con el Libro de Reclamaciones. Foto: Indecopi.

La en Puno (ORI Puno) sancionó de oficio a la promotora de la Institución Educativa Privada El Castillo de la Gran Familia con una multa total de 9 UIT, equivalente a S/ 48,150, por infringir diversas disposiciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor vinculadas a la prestación del servicio educativo.

De acuerdo con el organismo regulador, la promotora incumplió las normas referidas a la sana convivencia escolar, la prevención de la violencia y la adecuada atención a los estudiantes durante el periodo lectivo 2024. Estas conductas fueron tipificadas como infracciones al artículo 73° del Código, que establece la obligación de los proveedores del sector educativo de garantizar un servicio de calidad.

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Asimismo, el Indecopi verificó que el establecimiento no contaba con el ni con el aviso que informa a los usuarios sobre su existencia, vulnerando los artículos 150° y 151° del referido Código.

El Indecopi sancionó a la promotora de un colegio privado de Puno con una multa de 9 UIT por incumplir las normas de convivencia escolar y no contar con el Libro de Reclamaciones. Foto: Indecopi.
El Indecopi sancionó a la promotora de un colegio privado de Puno con una multa de 9 UIT por incumplir las normas de convivencia escolar y no contar con el Libro de Reclamaciones. Foto: Indecopi.

Como parte de las medidas correctivas, la promotora educativa deberá implementar un comité responsable de la convivencia democrática para cada periodo escolar, elaborar el Plan de Convivencia Democrática y contar con un profesional en psicología debidamente titulado, colegiado y habilitado. También deberá difundir el boletín informativo sobre las normas de convivencia, implementar el libro de registro de incidencias relacionadas con violencia y acoso, afiliarse al portal SiseVe y con su respectivo aviso dentro de los plazos establecidos.

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La Resolución Final N.° 080-2025/CPC-INDECOPI-PUN quedó consentida al no haber sido apelada por el proveedor sancionado. El documento es de carácter público y puede ser consultado a través del portal institucional del Indecopi.

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