
La Comisión de Protección al Consumidor N.º 2 del Indecopi sancionó en primera instancia al Instituto Educacional Franklin Delano Roosevelt (IFDR) con una multa total de 26,38 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a S/ 141,433, por poner a disposición de estudiantes material bibliográfico inadecuado.
La autoridad determinó que el colegio no adoptó las medidas necesarias, en coordinación con los padres de familia, para prevenir la exposición de los alumnos a contenidos que podrían afectar su salud mental. De esta manera, vulneró los artículos 25, 73 y 150 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, al no brindar información clara sobre los textos disponibles, no garantizar la idoneidad del servicio educativo y presentar deficiencias en su Libro de Reclamaciones virtual.
De acuerdo con la investigación, el colegio permitió el acceso a textos que abordan temas de índole sexual, consumo de sustancias y otros contenidos que podrían afectar la salud mental de los estudiantes. La denuncia fue presentada por la Asociación Internacional de Consumidores y Usuarios de Seguros.
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El director del colegio también fue sancionado con una multa de 5 UIT, en su calidad de representante de la institución y como medidas correctivas, se ordenó al colegio suspender el préstamo de los libros materia de controversia en un plazo de 48 horas, evaluar los textos cuestionados conforme a los lineamientos de la Biblioteca Nacional del Perú y comunicar los resultados a los padres de familia, a fin de obtener su aprobación previa para cada libro.

Además, el plantel deberá establecer un mecanismo de comunicación permanente con los padres sobre la evaluación y selección de nuevos materiales bibliográficos.
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La resolución se encuentra dentro del plazo de apelación y de presentarse este recurso, el caso será revisado y, de corresponder, elevado a la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, segunda y última instancia de la vía administrativa.







