El JEE Lima Oeste 3 otorgó al APRA un plazo de dos días para corregir observaciones en la inscripción de su lista de candidatos a la Cámara de Diputados por Lima Metropolitana. Foto: Andina.
El JEE Lima Oeste 3 otorgó al APRA un plazo de dos días para corregir observaciones en la inscripción de su lista de candidatos a la Cámara de Diputados por Lima Metropolitana. Foto: Andina.

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Oeste 3 declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la lista de para la Cámara de Diputados por Lima Metropolitana, tras detectar diversas observaciones en la evaluación del expediente electoral.

Mediante la Resolución N.° 00024-2026-JEE-LIO3/JNE, emitida el último 7 de enero, el órgano electoral otorgó a la organización política un plazo de dos días calendario para subsanar las observaciones advertidas durante la etapa de calificación.

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El JEE precisó que, de no cumplirse con la corrección dentro del plazo establecido, se procederá a declarar improcedente la inscripción de los candidatos observados con miras a las .

Entre los principales cuestionamientos identificados figuran inconsistencias en la información consignada en las hojas de vida, omisiones de documentación vinculada a sentencias judiciales y errores en las fechas declaradas en las declaraciones juradas.

La resolución dispone la notificación a la personería legal del partido y su publicación en los canales oficiales del Jurado Nacional de Elecciones. Foto: Andina.
La resolución dispone la notificación a la personería legal del partido y su publicación en los canales oficiales del Jurado Nacional de Elecciones. Foto: Andina.

Asimismo, el colegiado advirtió el incumplimiento del orden de ubicación de los candidatos conforme a los resultados de las elecciones primarias, así como observaciones relacionadas con solicitudes de licencia sin goce de haber.

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Ante este escenario, el organismo electoral reiteró que el APRA deberá levantar las observaciones dentro del plazo concedido, bajo apercibimiento de rechazar las candidaturas. Finalmente, la resolución dispone la notificación a la personería legal del partido y su publicación en los canales oficiales del .

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