
Desde el 31 de marzo del 2025 entró en vigencia el reglamento de la ley N° 29733, ley de protección de datos personales. La ley se promulgó el año 2011 y recién trece años después, el 30 de noviembre del 2024 se publicó su reglamento, con la indicación de que entrará en vigencia luego de cuatro meses. ¿implicará el fin de las llamadas spam?
El reglamento de la ley de protección de datos personales que entró en vigencia autoriza a las empresas a realizar un primer contacto con los consumidores (llamarlos) para solicitarles la entrega de información publicitaria. Si el consumidor no da su consentimiento, la empresa ya no deberá volver a llamar a la persona, de lo contrario será sancionada por la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPDP), entidad adscrita al Ministerio de Justicia.
Entonces, si entendemos como llamadas spam a las que recibimos de empresas para ofrecernos productos o servicios, sin que lo hayamos solicitado, esta situación se mantendrá; no será el fin de las llamadas spam, subrayó el abogado Jaime Delgado, excongresista y especialista en temas de defensa del consumidor.
Delgado cuestiona que las empresas seguirán teniendo derecho a llamar a los consumidores, sin que ellos lo requieran, para hacer un primer contacto. “Las empresas no deben tener derecho a llamarte para hacer un primer contacto, estamos saturados de esas llamadas. Que su publicidad la hagan por medios masivos, por medios como televisión, radio, etcétera, pero no tienen por qué invadir tu privacidad”, sostuvo.
Vienen multas de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales
La ANPDP indicó que desde el 31 de marzo, con la entrada en vigencia del reglamento, se impondrán multas a las empresas que tras el primer contacto, insistan en seguir llamando a una persona que ya ha mostrado su negativa a recibir más información publicitaria.
Las multas variarán entre las 5 UIT y 50 UIT, señaló la directora de la dirección de protección de datos personales de la ANPDP, María Alejandra González. Sugirió a los consumidores recopilar pruebas para que la denuncia que deban interponer ante la ANPDP tenga más posibilidades de éxito.
“Es importante que el usuario alcance las pruebas: guarde los números, si puede grabar la llamada, mejor; hacer capturas de pantalla, para poder denunciar ante la dirección de fiscalización de la Autoridad de Protección de Datos Personales. Será importante que los ciudadanos denuncien, pues muchas veces no se denuncia”, indicó.
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Por su parte Jaime Delgado cuestionó que se traslade la carga de la prueba a los usuarios. “Por qué tener que hacer ese trámite, por qué hacer perder tiempo a los ciudadanos”, criticó.
Sin embargo, para Alexander Montenegro, abogado del estudio Monroy & Shima Abogados, el interponer la denuncia será clave para acabar con las llamadas spam. “Tiene que haber de alguna u otra manera, una acción del consumidor. Si nadie denuncia tras el segundo contacto no autorizado, las empresas seguirán llamando”, advirtió.
Ya existe una regulación similar en el Código de Protección de Defensa del Consumidor
Asimismo, debe tenerse en cuenta que en el Código de Protección de Defensa del Consumidor, vía un cambio normativo implementado el 2018, ya existe una regulación similar a la que establece el reglamento de la ley de protección de datos personales. No obstante, muchas empresas siguen llamando a los usuarios sin tener un consentimiento previo e insisten en nuevas llamadas aún cuando el usuario solicitó que ya no lo hagan; todo ello a pesar de que estas acciones podrían ser multadas por el Indecopi.
Esta situación ha llevado al Congreso a desarrollar una iniciativa legislativa más restrictiva: prohibir ese primer contacto a iniciativa de la empresa y solo permitir llamadas publicitarias si el primer contacto lo hizo el usuario, solicitando la información de su interés.
Este proyecto de ley fue aprobado por el pleno del Congreso en el 2024, pero tras ser observado por el Gobierno, aún está en trámite legislativo la votación de su aprobación por insistencia.
Jaime Delgado refirió que el proyecto del Congreso sí ayudará a reducir las llamadas spam. “Por ejemplo, si estoy interesado en determinado producto u oferta, puedo llamar y pedir que luego me la envíen. El primer contacto debe ser por iniciativa del consumidor y no de la empresa”, remarcó.
Sobre el proyecto de ley del Congreso, María Alejandra González, de la ANPDP, señaló que ello modificaría lo dispuesto por el reglamento de la ley de protección de datos personales. “Si se aprueba una ley para que este primer contacto (de parte de la empresa) ya no sea válido, se eliminaría esta posibilidad, pues esa (futura) ley tiene una jerarquía mayor”, indicó.
Sobre la iniciativa legislativa para eliminar el primer contacto de parte de las empresas, Alexander Montenegro, abogado del estudio Monroy & Shima Abogados, refirió que “el Congreso va a tener que ponderar qué va a primar más: el interés empresarial o la defensa más absoluta de los derechos del consumidor”, anotó.

Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.