
Frente al avance de la inseguridad ciudadana, el Gobierno promulgó la Ley N.º 32332, que implementa la plataforma Denuncia Digital para facilitar el registro de denuncias por delitos contra el patrimonio, sin necesidad de acudir presencialmente a una comisaría.
La norma fue publicada en el diario oficial El Peruano y tiene como objetivo modernizar el acceso a la justicia y agilizar los procesos de investigación policial.
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La ley establece que los ciudadanos podrán presentar denuncias desde cualquier dispositivo con conexión a internet, utilizando la plataforma digital desarrollada por la Policía Nacional del Perú (PNP).
Para ello, se empleará la Plataforma Nacional de Identificación y Autenticación de la Identidad Digital (ID Perú), lo que garantiza la verificación biométrica facial del denunciante y asegura la autenticidad del trámite.
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La implementación de esta herramienta tecnológica requiere la “interoperabilidad” entre diversas entidades del Estado. Entre ellas, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), que facilitará el acceso al sistema de identidad digital, y la Superintendencia Nacional de Migraciones, que brindará información sobre movimientos migratorios.
Además, el Ministerio Público recibirá la información sobre las denuncias presentadas, permitiendo así la coordinación para el inicio de investigaciones.
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La plataforma está diseñada para registrar todos los requisitos formales establecidos en el artículo 328 del Nuevo Código Procesal Penal, incluyendo la ubicación de los hechos o el domicilio del denunciante. El procedimiento seguirá los mismos lineamientos legales que una denuncia presencial.
“Dado que la Ley no diferencia, podrá aplicarse a todos los delitos patrimoniales del Código Penal [arts. 185 a 208: : hurto, robo, abigeato, apropiación ilícita, receptación, estafa y otras defraudaciones, fraude en la adminstración de personas jurídicas, extorsión, usurpación y daños] y, por extensión a los delitos patrimoniales tipificados en leyes especiales, como los “delitos informáticos contra el patrimonio” de los arts. 8 y 8-A de la Ley N° 30096″, dice el abogado penalista Carlos Caro.
La PNP, por su parte, aplicará una ficha de valoración de riesgo a cada caso, para determinar la prioridad de las diligencias.
En cuanto a la protección de los datos, la norma garantiza que toda la información será tratada con estrictos estándares de seguridad y confidencialidad, de acuerdo con las normativas vigentes.
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Durante el proceso de implementación, la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros brindará asesoría técnica. Asimismo, los comités de seguridad ciudadana regionales, provinciales y distritales (CORESEC, COPROSEC y CODISEC) deberán desarrollar campañas de difusión y sensibilización para fomentar el uso de la nueva plataforma.
La ley también prevé sanciones para quienes hagan uso indebido de la plataforma o de la información contenida en ella, que pueden derivar en responsabilidades administrativas, civiles o penales.
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El Poder Ejecutivo tiene 90 días calendario para aprobar el reglamento de la ley. Por su parte, la Policía Nacional contará con un plazo máximo de 180 días para implementar y poner en operatividad la plataforma.
Además, el reglamento establecerá un periodo de prueba, que permitirá supervisar el adecuado funcionamiento del sistema antes de su uso generalizado.