El Pleno del Congreso aprobó, por insistencia, la autógrafa observada por el Ejecutivo sobre la denominada .

La norma reúne los , 5206, y otros, que propone crear incentivos económicos y fiscales para el fomento de las actividades cinematográficas y audiovisuales del Perú.

La iniciativa establece incentivos económicos y fiscales para fomentar las actividades cinematográficas y audiovisuales en el territorio nacional, con el propósito de contribuir al desarrollo sostenible e inclusivo de las diversas expresiones culturales de Perú.

La representación nacional votó con 71 a favor, 37 en contra y cuatro abstenciones. La autógrafa aprobada por insistencia no requiere de segunda votación.

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La presente ley se aplica a todas las personas naturales o jurídicas que se encuentren vinculadas a las actividades cinematográfica y audiovisual.

Entre los requisitos para que las obras cinematográfica y audiovisual sean consideradas peruanas, deben cumplir que sea producida o coproducida por una o más personas naturales de nacionalidad peruana, o por una o más personas jurídicas constituidas en el Perú y sea dirigida o codirigida por un director de nacionalidad peruana.

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El congresista Ilich López Ureña (AP), dijo que se entiende por actividad cinematográfica al conjunto de acciones destinadas a la creación, estudio, investigación, producción, difusión, promoción, formación de espacios públicos y preservación de obras de dicha naturaleza.

La norma en su momento fue cuestionada por colectivos de cineastas, pues limitaría el presupuesto para el cine de autor, regional e indígena.

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