
El expresidente Alejandro Toledo ha manifestado en más de una oportunidad que su estado de salud y su edad avanzada deben ser aspectos considerados para que la justicia evalúe su permanencia en una prisión. En este caso, en el penal de Barbadillo, donde cumple una condena de 20 años y seis meses de cárcel efectiva por los delitos de colusión y lavado de activos.
Se deslizó la posibilidad que su defensa legal solicite acogerse a los beneficios establecidos en la Ley N.º 32181, aprobada por el Congreso de la República el 11 de diciembre de 2024. Esta norma modifica el artículo 22 del Código Penal, incorporando un tercer párrafo que establece lo siguiente:
“Los mayores de ochenta años, por razones humanitarias, afrontarán su condena conforme a los alcances del artículo 288 o del artículo 290 del Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957”.
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Pero, ¿Alejandro Toledo podría acogerse a este beneficio?
En principio, esta disposición permite que las personas mayores de 80 años cumplan sus condenas a través de medidas alternativas a la prisión efectiva. En concreto, pueden acceder a comparecencia con restricciones -como la obligación de presentarse periódicamente ante la autoridad o no salir del país- o a detención domiciliaria, en lugar de permanecer en un establecimiento penitenciario.
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¿Toledo podría cumplir prisión domiciliaria en 2026?
Según Carlos Caro, abogado penalista, Alejandro Toledo sí cumpliría los requisitos para acogerse a esta ley.
“Él se puede acoger al artículo 22 y no establece ninguna limitación para corrupción. Siempre cabe la posibilidad que un juez diga que la norma es inaplicable porque es inconstitucional porque debió contemplarse más excepciones. Si podría haber un juez que controle la constitucionalidad de tal apertura. Eso podría pasar en el ejercicio de control difuso. Sería bastante polémico”, dijo a Gestión.
Por su parte, el abogado Andy Carrión señala que esta norma da la posibilidad a los condenados de 80 años a más, a que puedan acogerse a una prisión domiciliaria. Es de cumplimiento obligatorio, no hace una diferenciación.
“Alejandro Toledo podría acogerse a ello y como es de aplicación automática no requiere ningún otro tipo de evaluación, más allá de filtrar su edad, acarrearía que en el más breve plazo (habiendo cumplido 80 años) pueda salir de prisión a una detención domiciliaria”, explicó.