
La Comisión Permanente del Congreso aprobó otorgar un plazo de 15 días hábiles a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales para investigar cinco denuncias constitucionales que fueron declaradas procedentes.
Una de estas denuncias está dirigida al expresidente Pedro Castillo, mientras que las restantes involucran a exministros, fiscales supremos y un exfiscales de la Nación.
LEA TAMBIÉN: Salhuana señala que próxima Mesa Directiva decidirá compra del edificio para la bicameralidad
La primera denuncia por investigar es la 586 contra Pedro Castillo, presentada por la fiscal de la Nación Delia Espinoza Valenzuela, por el presunto delito de negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo.
Además, la Comisión Permanente otorgó el mismo plazo para cuatro denuncias más, aunque declaradas procedentes solo en un extremo. En los extremos improcedentes, fueron archivadas.
Entre las denuncias a investigar está la 556 contra el exministro de Economía, José Arista, por posible infracción a los artículos 38 y 126 de la Constitución y por el presunto delito de negociación incompatible.
LEA TAMBIÉN: Petroperú: proponen régimen de responsabilidad ante derrame de hidrocarburos
También se aprobó investigar la denuncia 472, dirigida al exfiscal de la Nación interino Juan Carlos Villena. Al magistrado se le acusa de presuntas infracciones a seis artículos de la Constitución y del presunto delito de prevaricato.
Asimismo, se aprobó investigar a los fiscales supremos Delia Espinoza, Pablo Sánchez, Zoraida Ávalos y Juan Carlos Villena, en la denuncia 607, por presuntas infracciones constitucionales y presunto delito de resistencia o desobediencia a la autoridad.
LEA TAMBIÉN: Portalatino da marcha atrás y retorna a Perú Libre: “Reconozco que mi salida fue precipitada”
Finalmente, se investigará la denuncia 574 contra el fiscal supremo Pablo Sánchez Velarde, por presuntas infracciones a los artículos 158 y 159 de la Constitución y los presuntos delitos de obstrucción a la justicia, abuso de autoridad, tráfico de influencias y cohecho pasivo específico.
