
El Congreso de la República promulgó la Ley Nº 32330, que modifica el Código Penal y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes para permitir que los adolescentes de entre 16 y 17 años puedan ser procesados bajo el régimen penal ordinario cuando cometan delitos graves, como homicidio, violación sexual, terrorismo o sicariato.
Con esta nueva normativa, se incorpora una excepción en el artículo 20 del Código Penal, permitiendo que menores de edad entre 16 y 18 años sean considerados penalmente imputables si incurren en alguno de los más de 40 delitos detallados en la norma, incluyendo asesinato, feminicidio, trata de personas, robo agravado y delitos vinculados al narcotráfico y terrorismo.
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Cambio en el tratamiento penal para adolescentes
Además, se establece que estos adolescentes serán procesados bajo responsabilidad penal ordinaria, lo que implica la posibilidad de ser condenados con penas similares a las de los adultos, aunque con una eventual reducción prudencial en la pena, según lo contempla el artículo 22 del mismo código.
En el ámbito penitenciario, se modifica el régimen de tratamiento para los jóvenes de 16 a 21 años, quienes ahora serán internados bajo un sistema de individualización científica.
Esto incluye programas personalizados de rehabilitación que consideran factores psicológicos, sociales y educativos, con el fin de lograr su reinserción social.
La ley también ordena la separación estricta de adolescentes de 16 a 21 años respecto de adultos mayores en los centros penitenciarios y fija penas de internamiento de hasta ocho años para adolescentes entre 14 y 16 años que cometan delitos especialmente graves como terrorismo o violación seguida de muerte.
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Reacciones y debate público
La aprobación de esta ley ha generado una ola de reacciones en la opinión pública. Mientras sectores del Congreso y la ciudadanía celebran la medida como una respuesta firme ante el aumento de la criminalidad juvenil, organizaciones de derechos humanos habían advertido en el debate de esta ley sobre el riesgo de criminalizar a menores sin atender adecuadamente las causas estructurales de la violencia, como la pobreza, la deserción escolar o la falta de oportunidades.
Asimismo, expertos en justicia juvenil habían pedido al Estado garantizar que los centros penitenciarios estén realmente preparados para aplicar un tratamiento diferenciado, integral y no meramente punitivo para adolescentes.
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Implementación en 60 días
La norma entra en vigor tras su publicación y da un plazo de 60 días para que el Poder Ejecutivo, el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú y el INPE adecúen sus reglamentos y emitan la normativa adicional necesaria para su implementación.
La ley fue firmada por la presidenta Dina Boluarte y el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén.