Congreso. (Foto: GEC)
Congreso. (Foto: GEC)

El Parlamento Nacional aprobó, en primera votación, el dictamen que propone

La iniciativa legislativa se aprobó por mayoría, con 68 votos a favor, 2 votos en contra y 19 abstenciones.

Esta será sometida a segunda votación transcurridos siete días calendario, de acuerdo con el artículo 78 del Reglamento del Congreso.

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De acuerdo con la fórmula legal, en el inicio de la relación laboral, “el trabajador pone en conocimiento del empleador la confesión religiosa a la que pertenece y, si el día de descanso o día de guardar de esta es él sábado”.

Se indica también que

En el tercer artículo se detalla que las horas dejadas de trabajar por el trabajador por este motivo son compensadas dentro de los diez días naturales inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el empleador.

Además, el texto señala que “son nulos y carecen de efecto legal las cláusulas de los convenios colectivos, los pactos o acuerdos individuales, las decisiones unilaterales del empleador o cualquier otro similar, en materia de retribuciones, jornada y demás condiciones de trabajo que generen discriminación directa o indirecta por razón de religión“.

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