
Un proyecto de ley del Congreso de la República plantea que la referencia para los pacientes pediátricos con cáncer se efectúe en un plazo máximo de 10 días calendarios, en los casos en que ya hay diagnóstico confirmado en centros especializados.
La iniciativa es de la legisladora María Córdova (Renovación Popular) y propone modificar el artículo 4 de la Ley 31041, Ley de Urgencia Médica para la Detección Oportuna y Atención Integral del Cáncer del Niño y Adolescente.
El texto propuesto refiere que, a partir de la confirmación del diagnóstico de cualquier tipo de cáncer y hasta que el tratamiento concluya, las instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud (IAFAS) autorizarán todos los servicios que requiera el menor, de manera inmediata y garantizando su cobertura integral.
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Se agrega que, en caso de que las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPRESS) no cuenten con este servicio o con la capacidad resolutiva, deberán referenciar al paciente a otro establecimiento, en coordinación con la entidad receptora que seleccione, sin que sea una limitante la realización de copagos o garantías, ni los períodos de carencia.
“Se establece un plazo máximo de 10 días calendario para la referencia médica de pacientes pediátricos con diagnóstico confirmado de cáncer en los centros especializados, desde el momento en que son referidos por un establecimiento de salud de primer o segundo nivel”, añade la propuesta.
Por último, se indica que el Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor a 60 días calendarios contados a partir de la publicación en el diario oficial El Peruano, deberá adecuar el reglamento de acuerdo con lo previsto en la citada iniciativa.
En la exposición de motivos se precisa que actualmente los niños, niñas y adolescentes, que son referidos desde establecimientos de salud de primer o segundo nivel, experimentan largos períodos de espera antes de ser admitidos en los centros oncológicos especializados, lo que impacta negativamente en sus posibilidades de recuperación.
Además, se indica que el retraso en la atención oncológica para los pacientes pediátricos tiene consecuencias irreversibles para su salud, ya que, en muchos casos, la enfermedad avanza producto de la demora para efectuar el tratamiento, reduciendo drásticamente las tasas de supervivencia.