Cambios en la Declaración Jurada de la hoja de vida de los candidatos a cargos de elección. (Foto: iStock)
Cambios en la Declaración Jurada de la hoja de vida de los candidatos a cargos de elección. (Foto: iStock)
Redacción Gestión

El aprobó el Reglamento de la Declaración Jurada de Hoja de Vida de Candidato para las , según la resolución publicada el sábado en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales.

El reglamento consta de 31 artículos y una disposición complementaria final, los cuales forman parte de la resolución Nº 167-2025-JNE. Asimismo, deja sin efecto la Resolución Nº 0920-2021-JNE, del 23 de noviembre de 2021, a través de la cual el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones aprobó el Reglamento de la Declaración Jurada de Hoja de Vida de candidatos a cargos de elección popular, así como la Resolución Nº 0133-2023- JNE, del 18 de agosto de 2023, por la que se actualizó el Formato Único de Declaración Jurada de Hoja de Vida de candidato.

Declaración Jurada

De acuerdo a la resolución la declaración Jurada de Hoja Vida debe registrar los siguientes datos:

a. Número de DNI.

b. Sexo.

c. Nombres y apellidos completos.

d. Lugar y fecha de nacimiento.

e. Domicilio.

f. Organización política, cargo y circunscripción electoral al que postula.

g. Experiencias de trabajo en oficios, ocupaciones o profesiones, que hubiese tenido en el sector público y/o en el privado, o si no las tuviera.

h. Estudios realizados, incluyendo títulos y grados, o si no los tuviera.

i. Trayectoria de dirigente de cualquier naturaleza, en cualquier base o nivel partidario, consignando los cargos partidarios de elección popular, por nombramiento o de otra modalidad, o si no los tuviera.

j. Relación de sentencias condenatorias impuestas al candidato por delitos dolosos y que hubieran quedado firmes, la que incluye las sentencias con reserva de fallo condenatorio, o si no las tuviera.

k. Relación de sentencias, que declaren fundadas las demandas interpuestas contra los candidatos por incumplimiento de obligaciones familiares y/o alimentarias, contractuales y laborales o por incurrir en violencia familiar, que hubieran quedado firmes, o si no las tuviera.

l. Mención de las renuncias efectuadas a otros partidos, movimientos de alcance regional o departamental, de ser el caso.

m. Declaración de bienes y rentas de acuerdo con las disposiciones previstas para los funcionarios públicos, correspondiente al año fiscal anterior inmediato a la fecha de presentación de las solicitudes de inscripción.

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