Se plantea modificar el artículo 24-B de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, para designar a un miembro de la plancha presidencial sin pasar por elecciones primarias. Foto: GEC.
Se plantea modificar el artículo 24-B de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, para designar a un miembro de la plancha presidencial sin pasar por elecciones primarias. Foto: GEC.
Carlos Rosales Salas

El congresista Juan Burgos (Podemos Perú) ha presentado un proyecto de ley para que desde las próximas los partidos políticos puedan tener a un invitado en su plancha presidencial.

Este “invitado” podría ser -incluso- el mismo candidato a la presidencia, quien no pasaría por elecciones internas. Además, según la iniciativa, no tendría que estar afiliado a un partido político.

LEA TAMBIÉN: Elecciones primarias en partidos políticos: ONPE publica proyecto de reglamento

Proyecto de Ley

Se plantea modificar el artículo 24-B de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas.

“Un candidato de la plancha presidencial y hasta un 20% de la totalidad de los candidatos al Congreso pueden ser designados entre sus afiliados o no afiliados por el órgano de la organización política que disponga el estatuto”, señala la modificación a la norma.

Proyecto de Ley presentado por Juan Burgos (Podemos Perú).
Proyecto de Ley presentado por Juan Burgos (Podemos Perú).
LEA TAMBIÉN: Presidenta del TC: “No se ha abierto la puerta para que los corruptos ahora nos gobiernen”

Comisión de Constitución

La propuesta legislativa fue presentada el miércoles 19 de febrero y ha sido derivada a la Comisión de Constitución. Previamente en octubre de 2024 se presentó una iniciativa similar, que por el momento no ha prosperado.

Para que esta norma sea considerada en las próximas elecciones presidenciales 2026, debería ser aprobada y promulgada antes del 12 de abril de este año, ya que esa es la fecha máxima para que la presidenta Dina Boluarte convoque a elecciones generales.

LEA TAMBIÉN: Elecciones 2026: ¿Cuántos representantes tendrá cada región en el nuevo Congreso?

Opiniones divididas

Fernando Tuesta Soldevilla, politólogo de la PUCP, no ve con malos ojos esta propuesta. Señala que en otros países se aplica una fórmula similar, sin embargo tiene sus observaciones.

“En realidad no me parece una mala idea. Lo importante es el candidato presidencial. Existen normas en otros países en donde solo el candidato designa a sus acompañantes. No lo vería mal; sin embargo, no creo que esté bien que se esté soltando de manera espontánea, no organizada, no integral, a poco tiempo de la convocatoria de las elecciones generales 2026 y que pone fin a cualquier modificación de las reglas de juego electoral”, dijo Tuesta Soldevilla a Gestión.

Por su parte, José Naupari, abogado especialista en derecho electoral, considera que “todos los candidatos deberían pasar por elecciones primarias o internas”.

“La figura de invitados no existe. Lo que existe es la figura de designados, que es un ciudadano no afiliado. Ese proyecto de ley no solo alude a la designación de uno de los miembros de la plancha presidencial, sino también la regla de modificar el plazo de afiliación para participar en las primarias. Ahora, respecto al tema en concreto, yo tengo una posición contraria. La designación directa contraviene con el mandato constitucional de asegurar el funcionamiento democrático de los partidos”, comentó a este diario.

José Tello, exministro de Justicia y profesor de la Universidad de Lima, señaló lo siguiente:

“Esta iniciativa legislativa propone varias modificaciones que, a mi entender, alterarían un marco normativo ya establecido, afectando la predictibilidad de los procesos electorales (es decir, el conocimiento previo de las reglas del juego) y; en consecuencia, la seguridad jurídica de las próximas Elecciones Generales 2026 (EG 2026) y Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026). El considerar que un candidato a presidente o vicepresidente pueda ser invitado rompe con la lógica de toda elección interna o primaria regulada por la Ley de Organizaciones Políticas (antes Ley de Partidos) desde su entrada en vigencia en 2003. Dicha norma ha dispuesto siempre que estos cargos sean elegidos a través de algún mecanismo de democracia interna, sin excepción. Asimismo, la propuesta de modificar los plazos de inscripción de candidatos en otros partidos o movimientos regionales —extendiendo la fecha hasta el 2 de julio de 2025 para las EG 2026 y hasta el 4 de enero de 2026 para las ERM 2026— resulta altamente problemático, dado que los plazos originales ya vencieron el 12 de julio y el 7 de octubre de 2024, respectivamente. Este tipo de cambios genera una grave inestabilidad jurídica", sostuvo.

De igual manera, en ambos casos, Tello Alfaro advirtió que la intención de establecer normas de salvataje “parecen responder más a intereses particulares de ciertos partidos cuyos plazos ya han expirado”, que al interés general de garantizar la integridad del proceso electoral.

“Complementando lo anterior, considero indispensable legislar para reducir la excesiva cantidad de partidos políticos que participarían en las próximas elecciones. Este sí es un problema serio y generalizado. Es necesario que el apruebe una norma similar a la Ley 30414 de 2016, que establecía la cancelación de la inscripción de un partido solo si no participaba en dos elecciones generales consecutivas. A esta modificación del artículo 13 de la Ley de Organizaciones Políticas debería añadirse la posibilidad de que un partido también pueda abstenerse de participar en hasta dos elecciones regionales consecutivas sin perder su inscripción. Una medida de este tipo reduciría drásticamente el número de partidos en competencia, pasando de más de 40 a una cantidad significativamente menor, ya que muchos optarían por retirarse antes de arriesgarse a perder su registro por no superar la valla electoral. Aún hay tiempo para legislar, pero debe hacerse correctamente”, sentenció.

Comienza a destacar en el mundo empresarial recibiendo las noticias más exclusivas del día en tu bandeja Aquí. Si aún no tienes una cuenta, Regístrate gratis y sé parte de nuestra comunidad.

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.