
A casi ocho meses de las elecciones generales de abril del 2026, el congresista de Perú Libre (PL), Segundo Montalvo, presentó un proyecto de ley que busca que el escrutinio de votos sea grabado en video y transmitido en tiempo real desde cada mesa de sufragio, tanto en el Perú como en el extranjero.
La iniciativa en mención, denominada “Ley que garantiza la transparencia del escrutinio electoral mediante su registro audiovisual y transmisión digital en tiempo real”, tiene como finalidad fortalecer la transparencia, confianza ciudadana y legitimidad democrática del sistema electoral peruano, garantizando el ejercicio pleno del derecho de participación política y control ciudadano establecido en la Constitución.
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De acuerdo con la propuesta, el presidente de mesa está obligado a registrar en video todo el acto de escrutinio, desde el momento de apertura del ánfora hasta la firma del acta final.
“El registro se realizará mediante dispositivos de grabación audiovisuales que cumplan los estándares técnicos mínimos establecidos en el reglamento de la presente ley. El video deberá conservarse como evidencia electoral por un período mínimo de 5 años y será difundido a través de las plataformas oficiales digitales habilitadas para tal fin”, se lee en el texto.
Esto, bajo responsabilidad funcional del representante legal de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y las demás entidades involucradas, precisa el proyecto de ley.
Además, los personeros acreditados y los veedores nacionales o internacionales tendrán derecho a grabar de manera paralela el proceso de escrutinio. Los ciudadanos también podrán registrar el acto mientras no interfieran el desarrollo de este, ni alteren el orden público.
“Todas las grabaciones realizadas conforme a este artículo tendrán igual valor probatorio”, se añade en la iniciativa.
La ONPE tendría la responsabilidad de establecer los protocolos técnicos, certificar los equipos de grabación, administrar las plataformas digitales y capacitar a los miembros de mesa. Asimismo, deberá implementar medidas de ciberseguridad para garantizar la integridad de los registros y evitar cualquier manipulación.
Por su parte, el JNE tendrá acceso permanente a los videos, podrá utilizarlos para resolver controversias y estará encargado de aplicar sanciones en caso de incumplimiento de la norma. Incluso, el Ministerio Público podrá acceder a las grabaciones en caso de investigaciones.
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PROTOCOLOS DE CONTINGENCIA Y PROHIBICIONES
En caso de falla técnica de los dispositivos principales, en el proyecto de ley se precisa que se utilizarán los sistemas de respaldo o grabaciones paralelas de personeros y observadores.
“La falta de registro audiovisual por causas técnicas debidamente documentadas no invalida el acta de escrutinio, pero debe ser reportada inmediatamente a la ONPE. En zonas sin conectividad, la transmisión se realizará en diferido una vez restablecida la conexión”, agrega la iniciativa.
Cabe precisar que la ONPE implementará medidas de ciberseguridad para proteger la integridad, autenticidad y disponibilidad de los registros. Además, se prohíbe la edición, manipulación o alteración de los registros audiovisuales del escrutinio.
“Los registros audiovisuales tendrán pleno valor probatorio en caso de impugnaciones, denuncias de fraude, solicitudes de nulidad o cuestionamiento de actas”, se lee en el proyecto de ley.
Finalmente, se prohíbe la eliminación, modificación, edición, sustitución o destrucción del material audiovisual del escrutinio.
“Quien incurra en las conductas previstas en el numeral anterior será sancionado conforme al Código Penal y las normas electorales vigentes. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente ley constituye falta grave sujeta a sanción administrativa y denuncia penal”, advierten.
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