Un total de 61 encuestadoras están inscritas y habilitadas para trabajar en las elecciones generales del 2026, según el JNE. (Foto: Mario Zapata / GEC)
Un total de 61 encuestadoras están inscritas y habilitadas para trabajar en las elecciones generales del 2026, según el JNE. (Foto: Mario Zapata / GEC)
Redacción Gestión

A menos de un año para las elecciones generales del 2026, el informó que 61 encuestadoras están inscritas y tienen licencia vigente, por lo que se encuentran en condiciones de ejercer sus labores en los dos comicios venideros.

A través de un comunicado, el organismo electoral precisó que, de acuerdo con el Registro Electoral de Encuestadoras (REE), hasta el pasado martes 3 de junio se inscribieron 14 encuestadoras y tienen la licencia vigente. En tanto, otras 289 se encuentran con la licencia cancelada.

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La establece que un requisito indispensable es que cualquier entidad, sea persona natural o jurídica, que pretenda publicar encuestas, sondeos o simulacros de votación en un proceso electoral, debe estar inscrita previamente en dicho registro.

“Esto garantiza que solo los estudios de empresas con registro vigente sean válidos para su difusión”, añadió el JNE.

La Dirección Central de Gestión Institucional (DGCI) es la encargada de administrar el REE y de expedir en primera instancia las resoluciones correspondientes en materia de inscripción, renovación o cancelación de inscripción de encuestadoras.

En tanto, a la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales (DNFPE) le compete realizar las acciones pertinentes para fiscalizar las encuestas, sondeos de opinión y proyecciones sobre intención de voto que se difundan o publiquen en los medios de comunicación.

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¿CUÁLES SON LOS DEBERES DE LAS ENCUESTADORAS?

En virtud del reglamento sobre encuestas electorales aprobadas para los dos comicios que se realizarán el 2026, estas empresas encuestadoras tienen la obligación de remitir un informe al de su jurisdicción.

Dicho documento deberá presentarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del estudio.

“Este debe contener, entre otros elementos, el ámbito del estudio, el tamaño de la población objetivo, el tamaño de la muestra, el tipo de muestreo aplicado, el instrumento de recolección de datos, el trabajo de campo, los resultados del estudio y su financiación”, indicó el JNE.

Ante el incumplimiento de las disposiciones del reglamento, las encuestadoras pueden ser pasibles de sanciones que van desde la suspensión y cancelación de su inscripción en el REE hasta una multa que varía entre 10 UIT (S/ 53,500) y 100 UIT (S/ 535,000).

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