Ministerio Público. (Foto: GEC)
Ministerio Público. (Foto: GEC)
Redacción Gestión

El dispuso ampliar las competencias de las fiscalías superiores especializadas en Derechos Humanos, la Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en Delitos de Terrorismo y la Fiscalía Superior del Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las, para que todas ellas conozcan los delitos de dichas especialidades.

Así lo establece la , publicada este martes en el boletín Normas Legales del Diario El Peruano.

Se indica que, en adición a sus funciones, dichas fiscalías superiores podrán conocer en segunda instancia los delitos contra la humanidad previstos en diferentes capítulos del ; los delitos comunes que constituyan casos de violación de ; y delitos conexos a los mismos.

También podrán abordar los delitos de homicidio, lesiones graves y extorsiones cometidos en agravio de periodistas y todos los delitos en agravio de personas defensoras de derechos humanos, siempre que sean en razón a su labor de defensa, conforme a lo establecido en la normativa vigente.

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Por último, podrán conocer los delitos de terrorismo previstos en el  y sus respectivas modificatorias, así como el delito de apología de terrorismo tipificado en el artículo 316 y 316-A del  y delitos conexos.

En ese sentido, se dispone que la coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad efectúe la distribución equitativa de carga procesal de las  conforme a las competencias señaladas.

En la parte considerativa de la resolución se indica que la finalidad de este cambio es uniformizar el abordaje de estos delitos de manera integral y fortalecer la operatividad del sistema fiscal especializado, mejorando la eficacia e inmediatez del accionar del Ministerio Público en beneficio de la ciudadanía en general.

La norma lleva la firma de la fiscal de la Nación, Delia Espinoza Valenzuela.

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