
Tras la convocatoria a elecciones generales para el próximo 12 de abril del 2026, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó. que desde hoy jueves estará prohibida la publicidad estatal.
Así lo advirtió la especialista de fiscalización del organismo electoral, Liz Barrera, tras recordar que esta norma rige desde el día siguiente a la publicación del decreto supremo de la convocatoria a los comicios en el Diario Oficial El Peruano, lo cual sucedió este miércoles.
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“La norma establece que una vez que nos encontramos en periodo electoral; es decir, si hoy se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano el decreto supremo que convoca a estas elecciones generales, desde el día de mañana nos encontramos en periodo electoral y desde, mañana rigen todas estas restricciones”, sostuvo a RPP.
La especialista añadió que dicha prohibición está establecida en la Ley Orgánica de Elecciones (LOE),no obstante, precisó que que hay algunas excepciones que deberán ser justificadas ante el JNE.
¿En qué casos el JNE puede permitir publicidad estatal?
Según dijo, solo es posible realizar publicidad estatal si se justifica una necesidad o utilidad pública y esta no debe contener elementos prohibidos como relacionarse a una organización política mediante nombres, símbolos o textos.
Además, tampoco pueden contener elementos en los que se identifique a un funcionario.
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“Debemos tener en consideración adicional que tenemos varios procesos electorales en curso, tenemos las elecciones municipales complementarias, tenemos la consulta popular de revocatoria que ya se encuentra en este momento convocada y se suma a estas elecciones generales”, dijo.
“Entonces toda aquella publicidad estatal que es de ámbito nacional, todas las entidades públicas a nivel nacional están en la obligación de cumplir la normativa electoral relacionada a publicidad estatal”, agregó.
¿Qué fiscalización y sanciones aplicará el JNE?
En otro momento, Barrera indicó que desde el organismo electoral monitorean y supervisan las redes sociales de las entidades, así como todas sus plataformas para verificar que se respete las disposiciones establecidas en el reglamento o que reporten la publicidad necesaria o soliciten su autorización.
Asimismo, dijo que habrá fiscalizadores en las provincias y distritos encargados de velar por el cumplimiento de estas restricciones.
Respecto de las sanciones por posibles faltas, la funcionaria dijo que estas van desde las 30 UIT (S/ 160,500) a las 100 UIT (S/535,000).
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