
Tras recibir la notificación de la Corte Suprema de Justicia, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) comunicó la cancelación de la inscripción del partido político Alianza Nacional de Trabajadores Agricultores Universitarios, Reservistas y Obreros (A.N.T.A.U.R.O.).
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que la inscripción del partido político Alianza Nacional de Trabajadores Agricultores Universitarios Reservistas y Obreros (A.N.T.A.U.R.O.) ha sido cancelada tras recibir, este 18 de marzo, la notificación de la Corte Suprema de Justicia. Dicha notificación se basa en una sentencia emitida el 14 de octubre de 2024 por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente, que declaró ilegal a la organización por conducta antidemocrática, decisión que fue ratificada posteriormente por la Sala Civil Permanente.
La Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas del JNE emitió el asiento de cancelación, dejando sin efecto la inscripción del mencionado partido político. Con esta acción, el JNE cumple con el mandato judicial en el marco de sus atribuciones establecidas en la Ley de Organizaciones Políticas (LOP).
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PJ notifica al JNE el fallo que declara la ilegalidad de A.N.T.A.U.R.O.
Tras varias semanas en espera, la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema ordenó notificar en el día al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) la resolución judicial que declaró la ilegalidad del partido Alianza Nacional de Trabajadores, Agricultores, Universitarios, Reservistas y Obreros (A.N.T.A.U.R.O), vinculado a Antauro Humala.
De esta manera, el organismo electoral no solo deberá anular la inscripción de dicha agrupación en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP), sino también deberá ejecutar el cierre de sus locales a nivel nacional, tal como ordenó el Poder Judicial.
En su resolución, a la que accedió el diario El Comercio, el tribunal supremo liderado por Carlos Calderón, se precisa que el documento se expide luego de que la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema, a través de la resolución del pasado 6 de marzo de 2025, declaró improcedente el recurso de casación presentado por el representante de A.N.T.A.U.R.O., Rubén Ramos Zapana.
“Estando al mérito de lo resuelto, póngase en conocimiento del JNE, en el día, de las copias certificadas de la sentencia de primera instancia de fecha 14 de octubre de 2024, emitida por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de esta Corte Suprema, así como de la sentencia de vista de fecha 28 de enero de 2025, emitida por la Sala Civil Permanente de esta Corte Suprema, a fin se procedan conforme a sus atribuciones”, se lee en el fallo.