Junta Nacional de Justicia (JNJ). (Foto: Difusión)
Junta Nacional de Justicia (JNJ). (Foto: Difusión)
Redacción Gestión

La Junta Nacional de Justicia () precisó que el procedimiento disciplinario inmediato contra tiene un plazo de duración de hasta nueve meses y no de 10 días como se afirma en algunos medios de comunicación, lo cual, calificó de falso.

Mediante un comunicado, la JNJ efectuó algunas precisiones sobre el proceso disciplinario inmediato abierto a los jueces supremos integrantes de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la el año pasado.

La junta indicó que, de acuerdo con el artículo 54 del Reglamento de Procedimientos Disciplinarios de la JNJ, el proceso disciplinario inmediato tiene dos fases: de instrucción, en el que el miembro instructor realiza la actividad probatoria para el esclarecimiento de los hechos y los cargos imputados.

Además de la etapa decisoria, en la que el Pleno de la emite su decisión respecto a la responsabilidad de la persona investigada, es decir, impone sanción o absuelve de cargos.

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Asimismo, según el artículo 15 del citado reglamento, el plazo de duración del procedimiento disciplinario inmediato es de hasta nueve meses desde la fecha de notificación, el cual puede ser ampliado de manera excepcional, como máximo de tres meses, por causa justificable.

“Por tanto, es totalmente falso, como malintencionadamente están desinformado algunos medios de prensa, que el procedimiento disciplinario dure 10 días”, dice el pronunciamiento de la JNJ.

En ese sentido, la junta pide a los medios de prensa informar con veracidad, de manera objetiva y contrastada.

“Por el contrario, la difusión de noticias falsas o manipuladas puede generar desinformación, polarización social y desconfianza en las instituciones”, finaliza.

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