
El Noveno Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia confirmó la vigencia de la orden que dispone la reposición de Delia Espinoza como fiscal de la Nación, pero declaró improcedente un nuevo pedido presentado por la magistrada para habilitar día y hora específicos para ejecutar la medida cautelar.
El documento judicial, de cinco páginas, precisa que la medida cautelar ya fue emitida y dirigida expresamente contra la Junta Nacional de Justicia (JNJ), entidad que debe cumplir con reponer a Espinoza en el máximo cargo del Ministerio Público.
LEA TAMBIÉN: Álvarez: Junta de Fiscales Supremos debe tener más miembros para evitar “concentración de poder”
El juez constitucional Juan Torres solicitó a la JNJ que cumpla con las órdenes judiciales bajo “apercibimiento” o “advertencia” de enviar copias al Ministerio Público para que actúe contra los responsables del incumplimiento judicial.
Mediante una resolución, el juez tomó esta decisión debido a que, en requerimientos previos, no se precisó el “apercibimiento” o “advertencia” necesario para asegurar el cumplimiento del mandato judicial.
En su resolución, el juzgado recuerda que mediante la Resolución Nº 9, del 10 de noviembre, se ordenó a la JNJ reponer a Espinoza “dentro del segundo día de notificada”, para que continúe ejerciendo sus funciones como fiscal de la Nación conforme a la Constitución. Además, se exhortó a la entidad a cumplir con los deberes de conducta procesal.
El juzgado recalca que la demanda de Espinoza está dirigida contra la JNJ, y por tanto, “la solicitud cautelar debe ser ejecutada contra la misma”. En esa línea, el juez precisa que la medida no puede redirigirse hacia otras autoridades.

LEA TAMBIÉN: JNJ presenta demanda competencial contra el Poder Judicial por caso Delia Espinoza
En el documento, el magistrado también declaró “improcedente de plano” la solicitud de Delia Espinoza para que este martes 25 de noviembre se ejecutara una medida cautelar que ordenaba a la JNJ reintegrarla como Fiscal de la Nación.
El juzgado fundamenta su decisión en que las resoluciones judiciales “se ejecutan en sus propios términos”, conforme al análisis realizado por la judicatura y en aplicación del artículo 128 del Código Procesal Civil.
Pese a la improcedencia del pedido adicional, la resolución reafirma que la orden principal sigue vigente: la JNJ debe restituir a Delia Espinoza en el cargo de fiscal de la Nación.








