
La presidenta Dina Boluarte se encuentra nuevamente en el ojo de la tormenta. En esta oportunidad, no se trata de alguna denuncia en su contra, sino de la posible emisión de un Decreto Supremo que podría beneficiarla económicamente.
El último lunes, Panorama difundió un informe elaborado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), del pasado 28 de abril, en el que se recomienda elevar el sueldo de la jefa de Estado de S/16,000 a S/ 35,568.
“Este valor mantiene la referencia de los salarios presidenciales en la región, asegurando la coherencia con el contexto internacional”, reza el documento.
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El informe en mención está listo para su debate en el Consejo de Ministros. Una vez reciba el visto bueno de todos los ministros, el Gobierno tendrá que publicar el Decreto Supremo respectivo en el Diario Oficial El Peruano para hacer oficial el incremento de sueldo de Boluarte.
Cabe recordar que en el año 2006 el entonces presidente Alan García ordenó reducir el sueldo presidencial de S/ 42,000 a S/ 15,600, así como bajó el salario de los ministros de Estado, algo que fue criticado en su momento. Desde esa fecha el sueldo del mandatario de la Nación no ha sido modificado.


¿CUÁLES SON LOS ARGUMENTOS DEL MEF?
En el documento se precisa que, de acuerdo con la Ley N° 28212 (aprobada en el año 2004), la presidenta debe percibir la remuneración más alta dentro del servicio de la Nación, “en concordancia con su nivel de responsabilidad y función representativa”.
Además, el MEF sostiene que, para fijar el salario de Boluarte, deberían tomarse dos componentes. El primero de ellos es una comparación con los salarios de otros jefes de Estado de la región.
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“El Componente 1 establece un punto de referencia basado en los salarios de los mandatarios de América Latina con características similares al presidente de la República del Perú. Su finalidad es asegurar que la remuneración presidencial esté alineada con estándares regionales comparables”, se lee en el documento.
En ese sentido, se recordó que el salario de la mandataria es el segundo más bajo de América del Sur, en comparación con otros gobernantes. Solo supera a Luis Arce, presidente de Bolivia.
En tanto, el segundo componente define un punto de referencia considerando las compensaciones económicas de los altos funcionarios del Perú. Se toma en cuenta factores como el nivel de responsabilidad y el poder de decisión de los cargos, garantizando coherencia en la estructura salarial del sector público.
“En términos de jerarquía y responsabilidad, su cargo (Dina Boluarte) es superior al de los ministros de Estado, por lo que su compensación económica debería reflejar esta preminencia”, sostiene el MEF.

¿UN AUMENTO DE SUELDO DE LA PRESIDENTA ES VIABLE?
En diálogo con Gestión, el expresidente del Tribunal Constitucional (TC), Ernesto Álvarez Miranda, consideró que legalmente es viable el incremento de sueldo de la jefa de Estado.
“Desde el punto de vista legal es viable la propuesta, porque hay un informe técnico que proviene del MEF que la respalda y no tiene mayor discusión, desde ese punto de vista legal y constitucional”, sostuvo.
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Para el exmagistrado del TC es “técnicamente necesario” el incremento del salario de los altos funcionarios del Estado para que haya una uniformidad y motivarlos; sin embargo, consideró que no era el momento adecuado para llevarlo a cabo.
“No es el momento político para hablar de subir sueldos, menos de una persona que en lugar de conducir al país y aliviar los principales problemas, al menos matizarlos y quitarles la gravedad, hace precisamente lo contrario. Ningún gerente obtiene una mejora de sueldo cuando no tiene buenos resultados”, acotó el abogado.
“No era el mejor momento. Lo que puede hacer la presidenta es anunciar que no cobrará el sueldo adicional, pero que sí apoya el sinceramiento y reajuste de la remuneraciones en el sector público, sobre todo, para los altos funcionarios. Así quedaría bien políticamente”, manifestó Álvarez Miranda.

ADVIERTEN QUE AUMENTO SALARIAL DE BOLUARTE EXCEDERÍA EL TOPE LEGAL
Por su parte, la abogada constitucionalista Beatriz Ramírez Huaroto advirtió que el probable aumento de sueldo de Boluarte a S/ 35,568 excedería el tope legal permitido.
En conversación con este diario, recordó que la Ley 28212, que determinó que el presidente de la República debe tener el sueldo más alto de la función pública, establece un límite: 10 URSP (Unidad Remunerativa del Sector Público).
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“En esa ley, que no ha sido derogada y tiene como 20 años, se establece que la presidencia gana 10 URSP. Para el 2025, el MEF ha establecido que esta unidad vale S/2,600 y, por lo tanto, si uno se guía por ese marco legal, tenemos la siguiente cifra tras hacer una multiplicación: 10 x 2,600 es S/ 26,000. Ese es el monto máximo, por lo que la propuesta excede lo permitido”, aseveró.
En ese sentido, Ramírez dijo que habría que ver qué acciones adoptan las áreas legales de la PCM para tratar de justificar esta propuesta que colisiona lo estipulado en una ley.
“Ni Ollanta Humala que impulsó la Ley del Servicio Civil cambió el sueldo presidencial para beneficiarse así mismo, lo hizo para otras entidades. Llama la atención que ahora se intente hacer esto, por encima del rango legal”, cuestionó.
A través de un comunicado, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) señaló que este posible aumento del sueldo de la mandataria “es parte de un proceso progresivo de ordenamiento en el sistema de remuneraciones del Estado”.
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Para Ramírez, este argumento resulta discutible debido a que si el Ejecutivo realmente quería hacer una verdadera reforma hubiera convocado a expertos y respetado las normas.
“Si tanto querían progresividad en el sueldo de la Presidencia, entonces que sea en el siguiente Gobierno, ¿cuál es el interés de hacerlo ahorita? El apuro es que la presidenta se beneficie. Esto debe darse dentro de los márgenes de la ley”, sostuvo.

Periodista egresado de la Universidad Nacional Federico Villareal, con especialidad en política, sociedad y análisis de datos. En el año 2017 ingresé al Diario Gestión y actualmente cubro temas judiciales y parlamentarios.