
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) informó que comenzarán a sancionar a los motociclistas y sus acompañantes que no utilicen chalecos distintivos ni cascos de seguridad con las especificaciones técnicas establecidas.
De acuerdo con la entidad, las sanciones se implementarán de manera progresiva. A partir del 17 de noviembre, las multas por no portar chaleco distintivo se aplicarán solo en las zonas que hayan sido declaradas en estado de emergencia por orden interno hasta el 18 de abril de 2025.
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Al respecto, el presidente de la Asociación de Hermanos Motociclistas Unidos del Perú, José Luis Huamán, rechazó esta disposición, al considerar que los estigmatiza.
En diálogo con radio Exitosa, sostuvo que esta medida no dará resultados en la lucha contra la inseguridad ciudadana, al remarcar que la prenda en mención (chaleco distintivo) es “fácilmente falsificable”.
“Esta prenda va a ser un disfraz para el delincuente, porque cuando roban un vehículo, clonan o tapan cualquier letra de la placa para que no sea identificable. Entonces, una prenda que no tiene los mayores índices de seguridad, como las placas de rodaje, es más fácil de falsificar y eso lo dice la experiencia internacional”, indicó esta mañana.
En ese sentido, agregó que este tipo de aplicaciones son “muy peligrosas” para los motorizados que no tienen problemas con la justicia, puesto que, al ser fácil de adulterar estas prendas, los delincuentes podrían copiar sus números de placa en chalecos de uso delictivo.
Respecto al nuevo modelo de cascos a usar, manifestó estar a favor por razones de seguridad.
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LAS DISPOSICIONES DEL MTC
La Resolución Directoral N.º 018- 2025-MTC/18, de fecha 16 de agosto de este año, menciona los tipos de cascos y chalecos que usarán los conductores y acompañantes, los cuales, deben ser a su talla, de acuerdo con las dimensiones de su cabeza y rostro.
Sobre los chalecos, esta prenda no debe tener mangas, debe cubrir el tronco del conductor y/o pasajero hasta mínimo 50 mm por debajo de la cintura y alrededor de él, con ajustes laterales o frontal por encima de la vestimenta, de forma obligatoria.
Un aspecto importante para mencionar es que, el color del chaleco no puede ser tipo verde fosforescente, ya que, son usados por los efectivos de la Policía Nacional del Perú (PNP). Además, no es obligatorio el uso de chalecos en niños y adolescentes menores de 16 años.
Las infracciones relacionadas con el chaleco distintivo están registradas bajo los códigos G.68 (no portar el chaleco) y G.69 (impedir la visibilidad de la placa consignada en el chaleco). En ambos casos, la multa asciende a S/ 428 (8% de la UIT), se suman 20 puntos al récord del conductor y se retiene el vehículo.
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