Los hechos imputados a Kuczynski se remontan al 2005, fecha en la que participó personalmente en la sesión del Consejo Directivo de ProInversión que ratificó el contrato de concesión suscrito con Odebrecht.  Foto: GEC
Los hechos imputados a Kuczynski se remontan al 2005, fecha en la que participó personalmente en la sesión del Consejo Directivo de ProInversión que ratificó el contrato de concesión suscrito con Odebrecht. Foto: GEC
Redacción Gestión

La , presidida por el juez César San Martín Castro, declaró infundado el recurso de casación interpuesto por la defensa del expresidente , quien buscaba que se declare prescrito el delito de colusión en su contra, en el marco del proceso penal por el caso del .

La decisión ratifica lo dispuesto previamente por la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional y el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, que también rechazaron la excepción de prescripción presentada por la defensa legal del exmandatario.

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Según la resolución judicial, los hechos imputados a se remontan al 30 de junio de 2005, fecha en la que participó personalmente en la sesión del Consejo Directivo de que ratificó el contrato de concesión suscrito con .

Esta intervención fue considerada por la como la consumación del delito, al representar la consolidación de un proceso colusorio destinado a favorecer a dicha empresa.

Las investigaciones formales contra PPK por presunta colusión agravada se iniciaron en abril de 2019, más de un año después de su renuncia.
Las investigaciones formales contra PPK por presunta colusión agravada se iniciaron en abril de 2019, más de un año después de su renuncia.

El tribunal supremo determinó que, pese a que Kuczynski tenía más de 65 años en la fecha de los hechos -lo que implica una reducción del plazo de prescripción a la mitad-, el plazo de prescripción ordinario (15 años) no había transcurrido cuando se formalizó la investigación preparatoria el 15 de junio de 2020. Asimismo, sostuvo que dicha formalización interrumpió el plazo de prescripción, extendiéndolo por siete años y medio más.

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El también aclaró que la evolución de las imputaciones y disposiciones fiscales -hasta la más reciente del 12 de marzo de 2025- forma parte del desarrollo progresivo de la investigación, lo que impide considerar que la acción penal haya prescrito.

Con esta sentencia, la Corte Suprema concluye que el proceso contra Kuczynski por presunta colusión agravada en agravio del Estado sigue su curso, al no haberse extinguido la acción penal por prescripción.

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