Poder Judicial rechazó nuevamente pedido de Alejandro Toledo para tener arresto domiciliario: ¿Qué pasó? (Foto: Jesús Saucedo / GEC)
Poder Judicial rechazó nuevamente pedido de Alejandro Toledo para tener arresto domiciliario: ¿Qué pasó? (Foto: Jesús Saucedo / GEC)

rechazó nuevamente el pedido de la defensa del expresidente para cambiar su condena, de 20 años y 6 meses de prisión efectiva, por arresto domiciliario.

La emitió un fallo en el que confirmó la resolución del 9 de mayo, la cual negó esta , quien fue condenado en octubre de 2024 por los delitos de colusión y lavado de activos, relacionados con el caso Carretera Interoceánica Sur, tramos II y III, y la empresa Odebrecht.

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Con esta decisión, seguirá cumpliendo condena en el penal de Barbadillo, en el distrito limeño de Ate.

alegó que la resolución de mayo interpretó erróneamente el artículo 22 del Código Penal, y señaló que era necesaria una sentencia firme para solicitar . A su vez, argumentaron que, aunque Toledo cumple condena, esta no es aún firme porque hay un recurso pendiente.

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Además, pidió el cambio precisando que Toledo padece varias enfermedades y que existe una sentencia del Tribunal Constitucional que ordena su traslado para recibir atención médica, aportando razones humanitarias.

Ante ello, respondió que no puede cambiar la forma de ejecución provisional de la sentencia por arresto domiciliario. Esto es debido a que, al estar apelada la condena, solo la puede decidir si ratificar, revocar o anular la sentencia, para no afectar la independencia judicial.

Asimismo, precisó que, tratándose de una ejecución provisional, la pena debe cumplirse en la modalidad dictada mientras se resuelve la apelación, y que cualquier cambio corresponde .

“Por ello (...) será el órgano jurisdiccional de apelación que decida, en el expediente principal, la modalidad de ejecución de la condena en caso fuera confirmada la sentencia expedida contra el encausado, no siendo como tal esta vía incidental la autorizada legalmente para disponer la ejecución de forma diferente a la impuesta por el Juzgado Colegiado”, se precisa en el fallo.

Finalmente, resolvió ratificar la decisión previa y desestimar el pedido de la , declarando improcedente su solicitud.

Con esta decisión, Alejandro Toledo seguirá cumpliendo condena de 20 años y 6 meses por los delitos por los delitos de colusión y lavado de activos en el penal de Barbadillo. Foto: GEC / Britanie Arroyo
Con esta decisión, Alejandro Toledo seguirá cumpliendo condena de 20 años y 6 meses por los delitos por los delitos de colusión y lavado de activos en el penal de Barbadillo. Foto: GEC / Britanie Arroyo

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