El Congreso sí tiene competencia para derogar un decreto supremo mediante una ley expresa. (Foto: Presidencia)
El Congreso sí tiene competencia para derogar un decreto supremo mediante una ley expresa. (Foto: Presidencia)

El aumento de sueldo de , que eleva su remuneración mensual de S/ 15,500 a más de S/ 35,500, desató una oleada de reacciones en el .

El mismo día en que el Decreto Supremo N°136-2025-EF fue publicado en El Peruano, se presentaron -al menos- ocho proyectos de ley que buscan derogarlo. Todos ellos provienen de bancadas de izquierda, pero ya generan eco en otros sectores.

Los proyectos han sido promovidos por parlamentarios de Juntos por el Perú-Voces del Pueblo, Bancada Socialista y el Bloque Democrático Popular, quienes califican el aumento como un acto desconectado de la realidad social y económica del país.

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¿Puede el Congreso anular el aumento de sueldo presidencial?

El sí tiene competencia para derogar un decreto supremo mediante una ley expresa, siempre que se trate de una norma de rango inferior y no constitucional.

En este caso, el aumento aprobado por el Ejecutivo se basa en disposiciones de la , pero no tiene el rango de ley orgánica ni constitucional, lo cual habilita al Legislativo a revertirlo si hay mayoría.

Además, la del Congreso aprobó tres medidas clave:

  1. Impulsar un proyecto de ley multipartidario para derogar el decreto.
  2. Interpelar al premier y al ministro de Economía Raúl Pérez Reyes, por no asistir a dar explicaciones.
  3. Cursar un oficio al presidente del Congreso, , solicitando convocar a la presidenta para sustentar técnica y presupuestalmente el incremento de su remuneración.
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Los proyectos

  • Proyecto 11861/2024-CR: Ley que deroga el DS N°136-2025-EF (presentado por Margot Palacios (Bancada Socialista))
  • Proyecto 11860/2024-CR: Ley que deja sin efecto el incremento de la remuneración presidencial (presentado por Elías Varas (Juntos por el Perú))
  • Proyecto 11859/2024-CR: Ley que deroga y deja sin efecto el aumento presidencial (presentado por Guillermo Bermejo (Juntos por el Perú))
  • Proyecto 11858/2024-CR: Ley que deroga el incremento por no reducir pobreza ni criminalidad (presentado por Alfredo Pariona)
  • Proyecto 11857/2024-CR: Ley que restituye monto anterior de remuneración presidencial (presentado por Edgard Reymundo)
  • Proyecto 11856/2024-CR: Ley que elimina compensación económica al presidente (presentado por Bernardo Quito)
  • Proyecto 11854/2024-CR: Ley que deroga el DS N°136-2025-EF (presentado por Sigrid Bazán)
  • Proyecto 11851/2024-CR: Ley que deja sin efecto el aumento a la presidenta (presentado por Silvana Robles)

Desde el Gobierno, la defensa ha sido categórica. El presidente del Consejo de Ministros, , justificó el aumento: “La presidenta de la República es la más alta autoridad del país y su sueldo debe reflejar su jerarquía”.

En la misma línea, el , argumentó que el aumento es un “sinceramiento” de una situación desbalanceada: “Hay funcionarios que ganan más que la presidenta. Esto debía corregirse”.

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En contraste, el presidente de la Comisión de Fiscalización, Juan Burgos (Podemos Perú), cuestionó duramente el incremento: “Más de 30 sueldos mínimos vitales. Un decreto con nombre propio. Es una cachetada a la pobreza del Perú.”

En tanto, el congresista Edgard Reymundo alertó sobre el trasfondo político del aumento: “Después de 2026, Boluarte recibirá este sueldo como pensión vitalicia. Esta medida no tiene sustento técnico ni político”.

Para que cualquiera de los proyectos avance, deberán debatirse en las comisiones correspondientes (como Economía o Presupuesto) y luego ser aprobados en el Pleno.

En paralelo, el continuará evaluando posibles interpelaciones y la eventual citación a la presidenta .

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