
La Corte Superior de Justicia de Lima decidió no acatar la orden del Tribunal Constitucional (TC) sobre el caso del partido Unidad Popular y decidió mantener en trámite el proceso judicial con el cual, la organización política, busca participar en las próximas elecciones del año 2026.
La Primera Sala Constitucional rechazó el pedido del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el cual buscaba detener todo el proceso luego de que el TC ordenara suspender los efectos de las resoluciones a favor de Unidad Popular hasta resolver una demanda competencial en curso.
Entre las resoluciones alcanzadas por la medida del TC está la que disponía la inscripción provisional de Unidad Popular antes del 12 de abril, lo que permitiría su participación en las elecciones de 2026. Además, también se encontraba la medida que suspende las multas impuestas al JNE por no cumplir la orden.
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Tras las apelaciones a favor de Unidad Popular, el caso llegó a la Primera Sala Constitucional, donde el JNE solicitó suspender el proceso judicial según lo dispuesto por el TC hasta un pronunciamiento final.
Según la resolución emitida el 23 de octubre, la sala constitucional argumentó que la entidad no puede intervenir en procesos que se encuentren bajo conocimiento del Poder Judicial.
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“Siendo ello así, resulta manifiestamente improcedente el pedido de suspensión del proceso formulado por el procurador público del JNE dado que lo resuelto por el Tribunal Constitucional (…) no puede interferir en la tramitación del presente proceso”, se lee en el documento.
Recordemos que la Procuraduría Pública del JNE y el abogado de dicho organismo electoral, Víctor García Toma, presentaron una medida cautelar ante el Tribunal Constitucional para suspender los efectos de las resoluciones judiciales que favorecieron al partido político Unidad Popular, que lidera el exjuez supremo Duberlí Rodríguez.









