Según su abogado, Humberto Abanto, ella podría retomar el cargo este lunes 16 de junio. Foto: gob.pe
Según su abogado, Humberto Abanto, ella podría retomar el cargo este lunes 16 de junio. Foto: gob.pe

La declaró la nulidad de oficio del proceso disciplinario seguido contra , con lo cual dejó sin efecto su destitución como .

La medida también alcanza a otras dos magistradas y dispone que el procedimiento sea retrotraído hasta antes del informe de instrucción. Con ello, Benavides queda habilitada para ser reincorporada, salvo que alguna orden judicial o administrativa lo impida.

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Según su abogado, Humberto Abanto, ella podría retomar el cargo este lunes 16 de junio, considerando que aún su mandato acaba el 20 de junio de 2025 (fue elegida el 20 de junio de 2022, por un período de 3 años).

¿Qué implica realmente esta decisión? ¿Tiene sustento legal su eventual retorno a la ? Especialistas en derecho explican el alcance de la medida y los escenarios posibles.

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Para el abogado penalista Carlos Caro, si bien la está facultada para devolverle a su condición de fiscal suprema titular, carece de atribuciones para restituirla directamente en el cargo de fiscal de la Nación.

“Jurídicamente hablando, yo creo que no [puede volver al cargo], porque la Junta no tiene la potestad de nombrar al fiscal de la Nación. Esa es una decisión que corresponde a los fiscales supremos titulares, y el nombramiento es por tres años consecutivos”, sostiene.

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Caro advierte que la resolución de la JNJ podría interpretarse como una extralimitación de funciones. “No son jueces constitucionales para reponer las cosas al estado anterior. Eso solo lo podría hacer un juez constitucional, no la Junta”, enfatiza.

El penalista añade que el precedente más reciente y comparable es el de Zoraida Ávalos, quien, al ser repuesta como fiscal suprema, no retornó automáticamente al cargo de fiscal de la Nación, sino que se respetó la cadena de sucesión ya establecida.

“En el pasado esto se ha manejado de forma clara: se repone al fiscal supremo titular en sus funciones, pero no se altera la línea de sucesión determinada por los fiscales supremos”, concluye.

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