Delitos. (Foto: Istock)
Delitos. (Foto: Istock)
Redacción Gestión

El publicó la Ley N° 32314 que incluye como agravante de un delito el el uso indebido de o de tecnologías similares o análogas.

La norma detalla que constituyen una circunstancia agravante “el emplear en la ejecución de la conducta punible medios de cuyo uso pueda resultar peligro común, así como el uso indebido de inteligencia artificial o de tecnologías similares o análogas”.

Asimismo, “cuando para la realización de la conducta punible se utilice la inteligencia artificial o tecnologías similares o análogas”.

El texto también precisa que el que posee, promueve, fabrica, comercializa o manipula imágenes, videos o audios, hechos con IA, con fines relacionados con la pornografía infantil, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de 10 años y con 120 a 365 días multa.

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Difamación y estafa

La norma también indica que “si el delito se comete por medio del libro, la prensa u otro medio de comunicación social, o mediante tecnologías de falsificaciones profundas (‘deepfakes’) u otros contenidos generados mediante inteligencia artificial que difundan información falsa o denigrante que cause daño a la reputación o a la imagen, la pena será privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años y de 120 a 365 días multa”.

Por otro lado, la pena será privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años y con 90 a 200 días multa, cuando la estafa se realice mediante la manipulación de la voz, imagen, audio o movimiento corporal de terceros, utilizando IA o tecnologías análogas de forma que cause un perjuicio económico a la víctima.

Además, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años y con 90 a 180 días multa cuando se dé a conocer al público una obra de autoría humana, inédita o no divulgada, que haya recibido en confianza del titular del derecho de autor o de alguien en su nombre, sin el consentimiento del titular.

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