
En medio del proceso de inscripción de nuevos partidos políticos con miras a las Elecciones Generales de 2026, un creciente número de ciudadanos ha descubierto, con sorpresa e indignación, que su firma ha sido utilizada sin consentimiento para afiliarlo a una organización política.
De acuerdo con recientes investigaciones periodísticas, más de 30 partidos habrían presentado firmas falsas ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Aunque la indignación ciudadana se ha hecho evidente, lo que muchos desconocen es que este acto constituye un delito penal que puede ser denunciado ante las autoridades.
¿Qué dice el Código Penal?
En conversación con Gestión, el penalista Edward Calmet, asociado senior de Hernández & Cía, explica que, si bien el Código Penal peruano no contempla una agravante específica por la finalidad política de la falsificación, el artículo 427 ya sanciona la falsificación de documentos con penas de entre 2 y 10 años de prisión.
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“El legislador fue consciente de que existen múltiples formas de falsificación, por eso incluyó la figura de la ‘falsedad genérica’, un tipo penal que actúa como un cajón de sastre para castigar cualquier forma de adulteración documental que no esté expresamente regulada”, indica Calmet.
Señaló que se trata de un delito común, pero grave. “Todo delito de falsedad es bastante serio porque justamente lo que se busca castigar es la defraudación a la confianza otorgada por el Estado para el correcto desenvolvimiento de nuestros roles sociales”, advierte el abogado penalista.
Además, la ley no distingue entre si el autor es un ciudadano, un dirigente político o un funcionario: todos pueden ser juzgados bajo los mismos parámetros.
Casos emblemáticos de firmas falsas en política
Este tipo de prácticas no es nueva en la política peruana. Calmet recuerda algunos precedentes judiciales:
- En 2008, Vladimiro Montesinos fue condenado a 8 años de prisión por la falsificación masiva de firmas para inscribir el partido Vamos Vecino.
- En 2018, Ana Córdova, representante legal de Perú Libre, fue condenada a cuatro años de prisión suspendida por falsificar firmas en 2013.
- En 2022, militantes de Perú Libre, como Zaira Arias y Noel Jaimes, denunciaron que sus datos personales fueron utilizados sin autorización para inscribirlos como candidatos a regidores.
¿Qué hacer si mi firma fue utilizada sin permiso?
Según Calmet, cualquier ciudadano puede acudir a la comisaría o fiscalía para denunciar el hecho. No obstante, recomienda como primer paso ingresar a la web del JNE y verificar si se encuentra afiliado a algún partido político: https://sroppublico.jne.gob.pe/Consulta/Afiliado
Si aparece inscrito sin su consentimiento, el siguiente paso es presentar una solicitud de desafiliación. El trámite es gratuito y puede hacerse en línea.
“La ruta penal es importante, pero puede ser larga. Por eso, la vía más eficiente es primero salir del padrón partidario y luego dejar que el Jurado Nacional de Elecciones, a través de su procuraduría, actúe penalmente”, recomienda.

¿Qué pruebas se necesitan para denunciar?
En los casos de presunta falsificación de firmas para la afiliación a partidos políticos, el proceso probatorio tiene varias etapas. Según explica el abogado penalista Jonathan Correa, en entrevista a Gestión, el primer indicio clave es verificar si el ciudadano figura en el padrón presentado por el partido, lo cual puede comprobarse con una copia del registro correspondiente. Esta información es recabada por el Ministerio Público durante la etapa de investigación.
Un segundo elemento inicial de verificación es el cotejo con la ficha del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec). Esta sirve como un filtro preliminar para observar similitudes o discrepancias gráficas entre las firmas registradas. Aunque esta comparación es básica y no concluyente, puede ayudar a levantar sospechas razonables.
Otro paso importante es la declaración del supuesto firmante. Si la persona llamada a declarar niega haber firmado o incluso, en casos extremos, se verifica que está fallecida en el momento de la supuesta firma, estos hechos constituyen indicios fuertes de falsificación.
No obstante, Correa advierte que estos elementos, por sí solos, no son suficientes para llegar a una condena. “Para que el caso avance hacia una acusación formal o una eventual sentencia, es indispensable contar con una pericia grafo-técnica que determine con rigor si la firma ha sido falsificada”, subraya.
Calmet, por su parte, asegura que basta con negar haber firmado la ficha de afiliación para que el Ministerio Público inicie las investigaciones. Será la fiscalía la encargada de realizar un peritaje grafotécnico, de ser necesario, comparando la firma registrada con otras de uso habitual del ciudadano.
¿Y las autoridades electorales?
La responsabilidad no solo recae en los autores del delito. Calmet señala que la ONPE, el JNE y Reniec tienen el deber de asegurar la integridad del proceso. “El problema es que los mecanismos de verificación de firmas son mayormente manuales, con margen de error alto. Mientras no se implemente un sistema biométrico o se utilice el DNI electrónico con fines de autenticación, el sistema seguirá siendo vulnerable”, advierte.

¿Qué reformas son necesarias?
Frente al incremento de denuncias por falsificación de firmas en procesos de inscripción de partidos políticos, especialistas advierten que más allá de reformas legales, el enfoque debe estar en mejorar los procedimientos de control y el acceso ciudadano a herramientas de verificación.
Según explica el penalista Jonathan Correa, las verificaciones en los procesos electorales suelen ser rápidas por la naturaleza del procedimiento, lo que limita la capacidad de detectar irregularidades en tiempo real. Por ello, gran parte de las inconsistencias se detectan en controles posteriores, como sucede también con declaraciones juradas falsas de bienes o intereses por parte de candidatos. “Estos casos no se descubren de inmediato, sino cuando se revisan los documentos después del proceso electoral”, precisa.
En ese sentido, Correa sostiene que lo más urgente no es necesariamente modificar la ley, sino dotar de mayor capacidad técnica y logística a las entidades encargadas de fiscalizar, como la Contraloría General de la República o los órganos de control interno de las entidades electorales. “Se necesita agilizar la verificación para que sea más rápida y efectiva”, recalca.
Asimismo, propone una estrategia de participación ciudadana basada en el acceso a la información. Como ejemplo, menciona el sistema de Osiptel que permite consultar en línea qué números telefónicos están registrados a nombre de una persona, lo cual ayuda a detectar suplantaciones de identidad. “Ese tipo de herramientas deben replicarse en el ámbito electoral. Si el ciudadano puede consultar fácilmente si aparece como afiliado a un partido político, podría alertar de inmediato sobre cualquier irregularidad”, señala.
Finalmente, Correa subraya que esta combinación entre controles más ágiles y el empoderamiento del ciudadano como agente de fiscalización podría desincentivar significativamente la falsificación de firmas en procesos electorales.
“Necesitamos que las sanciones ya existentes se cumplan en plazos razonables”
Calmet plantea como prioridad darle eficiencia al sistema penal, en lugar de aumentar las penas. “No necesitamos más normas con nombre propio, sino que las sanciones que ya existen se cumplan en plazos razonables”, señala.
Además, sostiene que ya es momento de avanzar hacia un sistema de verificación de identidad más seguro: “En 2025 deberíamos empezar a usar de verdad el DNI electrónico para validar afiliaciones políticas. Es una herramienta que ya existe y que podría evitar buena parte de este problema”, sentenció.
Posición del JNE
El presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Roberto Burneo, informó que su institución ha presentado un total de 159 denuncias ante el Ministerio Público por el uso de firmas invalidadas en fichas de afiliación a partidos políticos.
Estas denuncias se sustentan en los informes emitidos por el Reniec, que detectaron irregularidades en los registros presentados por diversas agrupaciones. Burneo detalló que el procurador del JNE procedió a formalizar estas denuncias, incluyendo tanto los casos detectados durante su gestión como aquellos que se encontraban pendientes desde el año 2023.
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En JNE TV indicó, que corresponde ahora al Ministerio Público formalizar las investigaciones, principalmente por el presunto delito de falsedad genérica y otros delitos relacionados, contra quienes resulten responsables.
Respuesta de Reniec
Entre los años 2021 y 2025, el Reniec ha enviado al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) un total de 130 informes en los que advierte sobre más de 300,000 firmas observadas en procesos de afiliación a partidos políticos.
Rubí Rivas, vocera del Reniec, explicó en declaraciones a Canal N que la institución no tiene la facultad para establecer si las firmas observadas son falsificadas. Su labor, precisó, se limita a realizar un cotejo gráfico para identificar registros no válidos. La determinación de una posible falsificación, añadió, corresponde exclusivamente al Ministerio Público y al Poder Judicial.
Congreso aprueba verificación biométrica de firmas partidarias
El Pleno del Congreso aprobó, en segunda votación, una ley que permite al Reniec utilizar tecnología biométrica y mecanismos digitales en la verificación de firmas para la inscripción y afiliación de partidos políticos. Con 94 votos a favor, 3 en contra y 5 abstenciones, se dio luz verde al dictamen del Proyecto de Ley 8189/2023-JNE, que modifica la Ley de Organizaciones Políticas con el objetivo de mejorar la confiabilidad y agilidad del proceso.
La norma modifica el artículo 7 de la Ley 28094 para exigir que las fichas de afiliación, junto con los DNI, sean presentadas tanto en formato impreso como digital ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del JNE. Además, incorpora el artículo 8-A, que faculta al Reniec a verificar las firmas de afiliados, integrantes de comités partidarios y adherentes a nuevas agrupaciones, prohibiendo la afiliación o adhesión múltiple en un mismo proceso electoral.
El Reniec tendrá un plazo de 30 días hábiles para remitir al ROP los resultados del proceso de verificación, en el que podrá aplicar de forma estandarizada tecnología biométrica u otros medios similares para validar las firmas presentadas por las organizaciones políticas.
JNE y Reniec saludan aprobación legislativa
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) saludaron la reciente aprobación, por parte del Congreso de la República, del proyecto de ley que permitirá que los partidos políticos puedan inscribirse mediante la autenticación biométrica con el rostro de cada ciudadano. Esta medida, señalaron, representa un avance significativo en la digitalización, seguridad y transparencia del sistema democrático peruano.

Ambas instituciones expresaron su agradecimiento a todos los congresistas que apostaron por la iniciativa, “reconociendo su compromiso con el fortalecimiento de la democracia y la integridad de las organizaciones políticas”.
Asimismo, hicieron un llamado al Poder Ejecutivo para que promulgue esta norma en el más breve plazo, a fin de garantizar su pronta implementación y permitir el uso de tecnologías confiables que faciliten la participación ciudadana, reduzcan los riesgos de suplantación y aseguren la autenticidad del respaldo a las organizaciones políticas.

Licenciado en Ciencias de la Comunicación, con especialidad en Periodismo, por la Universidad Tecnológica del Perú, con más de 12 años de experiencia en medios de comunicación. Actualmente escribo sobre política, economía y actualidad.