Se podrá designar a personal temporal, ante impedimento de los titulares en consulados, para atender a extranjeros que solicitan visa para Perú. Foto: Martin BERNETTI / AFP
Se podrá designar a personal temporal, ante impedimento de los titulares en consulados, para atender a extranjeros que solicitan visa para Perú. Foto: Martin BERNETTI / AFP

El Ministerio de Relaciones Exteriores realizó una modificación al Reglamento Consular del Perú a fin de que estas oficinas emitan visas electrónicas y de transeúntes en favor de personas extranjeras.

Vale acotar que , donde se detallará la calidad migratoria y plazo de permanencia, así como una visa temporal si es que la persona se dirige a otro país.

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El DS N° 026-2025-RE oficializado este sábado 26 de julio establece que, en situaciones excepcionales como crisis humanitaria, desastres naturales, conflictos armados u otras circunstancias, se designará a un personal excepcional a fin de atender los requerimientos de visa.

A detalle, ante la ausencia o impedimento de los miembros del servicio diplomático, funcionarios consulares honorarios o agentes consulares del Estado receptor, se nombrará a personal del régimen 276 o contratado localmente para desempeñar las funciones.

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Según el dispositivo legal, la modificación reglamentaria entra en vigor desde este domingo 27 de julio.

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