
El pasado 28 de mayo el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó el proyecto de reglamento de la ley Nº 32123, ley de reforma previsional. La ley Nº 32123 dispone -entre varias medidas- que los afiliados a las AFP puedan acceder a una pensión mínima, pero para ello deberán cumplir algunos requisitos.
El proyecto de reglamento de la ley Nº 32123 establece que la pensión mínima en las AFP será de S/ 600 al mes, un monto similar al que se abona como pensión mínima en el sistema nacional de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
También se dispone que uno de los requisitos para acceder a la pensión mínima en la AFP será que el afiliado deberá realizar aportes por 20 años, un requisito similar al fijado en la ONP. De manera específica, se indica que el afiliado deberá realizar 240 unidades de aportes (estas unidades se abonan al descontarse del sueldo mensual del trabajador).
Los aportes que un afiliado retiró en el pasado -debido a las diversas leyes de retiro de fondos de AFP publicadas en los últimos años- no se contabilizarán para calcular los 20 años de aporte, explicó Victorhugo Montoya, especialista en temas previsionales. Así, quienes han retirado todos sus fondos de la AFP, “comenzarán con cero unidades de aporte” para el cálculo de la pensión mínima, anotó Montoya.
“La pensión mínima se dará en caso el cálculo de pensión, por los aportes realizados, sea inferior a ese monto (S/ 600 al mes). Si no aportaste con mucha cantidad de dinero, en ese caso se da la pensión mínima. Quien tenga un ingreso alto, lo más probable es que supere la pensión mínima”, explicó Victorhugo Montoya.
LEA TAMBIÉN: AFP deberán compensar fondos de afiliados si no cumplen con rentabilidad mínima
¿Qué ocurrirá con quienes no alcancen los 20 años de aporte? El proyecto de reglamento también establece en las AFP las pensiones denominadas “proporcionales”, similares a las que ya existen en la ONP.
Así, quienes realicen en la AFP desde 10 años de aportes, pero menos de 15 años de aportes, recibirán una pensión “proporcional” de S/ 300 al mes. Y quienes realicen desde 15 años de aportes, pero menos de 20 años de aportes, recibirán una pensión “proporcional” de S/ 400 al mes.
LEA TAMBIÉN: Quienes inviertan en fondos de AFP ya no pagarán impuestos, ¿desde cuándo?
La pensión mínima se otorga 14 veces al año (con dos abonos dobles en julio y diciembre, a manera de gratificaciones), mientras que la pensión “proporcional” se da solo 12 veces al año, sin los abonos dobles de julio y diciembre, indicó por su parte César Gonzáles Hunt, socio del área laboral del estudio PPU.
Asimismo, resaltó que el establecer un esquema de pensión mínima en la AFP similar al de la ONP “es un avance significativo en términos de equidad previsional”. “Ahora el sistema privado de pensiones tendrá una pensión mínima equivalente a la que se establezca en el sistema nacional, que está fijada ahora en S/ 600”, remarcó Gonzáles Hunt.
No obstante, advierte que el aporte a realizar por el Estado para dar la cobertura de la pensión mínima a los afiliados a las AFP va a generar una mayor carga fiscal. “No hay una definición de una fuente de financiamiento permanente para cubrir el costo de las pensiones que se están garantizando con esta normativa. Esto va a generar un riesgo fiscal significativo en el mediano y largo plazo”, anotó.

Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.