El dictamen establece un plazo máximo de dos días hábiles para que las centrales de riesgo privadas actualicen los registros una vez recibida la información pertinente del acreedor. (Foto: Karolina Kaboompics / Pexels)
El dictamen establece un plazo máximo de dos días hábiles para que las centrales de riesgo privadas actualicen los registros una vez recibida la información pertinente del acreedor. (Foto: Karolina Kaboompics / Pexels)
Redacción Gestión

La y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos del Congreso, que preside el parlamentario Manuel García Correa (APP), aprobó el dictamen que fortalece la protección de los derechos de los consumidores en relación con la actualización de su información crediticia en las .

El dictamen se sustenta en los proyectos de ley 6317/2023-CR, 6325/2023-CR, 7075/2023-CR, 8239/2023-CR, 9011/2024-CR y 9071/2024-CR. Obtuvo 11 votos a favor, una abstención y un voto en contra.

Las modificaciones a la Ley 28587 y la Ley 29571 buscan garantizar una actualización más ágil y precisa, favoreciendo la seguridad jurídica y económica de los ciudadanos.

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El texto aprobado establece que, los consumidores que regularicen sus mediante el pago deberán recibir, en un plazo máximo de siete días hábiles, una constancia emitida por la entidad financiera que confirme la actualización de su situación.

En esa línea, el dictamen establece un plazo máximo de dos días hábiles para que las centrales de riesgo privadas actualicen los registros una vez recibida la información pertinente del acreedor.

Respecto a los casos donde se detecten tras una investigación, el dictamen indica que las entidades financieras deberán comunicar a la Superintendencia de Banca y Seguros y al afectado la corrección de la información en un plazo máximo de siete días hábiles.

Dictamen deberá ser debatido, finalmente, en el pleno del Congreso.

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