El seguro de desgravamen será “condición para contratar” (obligatorio) únicamente en los créditos hipotecarios, volviéndose opcional para los demás tipos de financiamiento de la Banca Minorista. (Foto: Andina)
El seguro de desgravamen será “condición para contratar” (obligatorio) únicamente en los créditos hipotecarios, volviéndose opcional para los demás tipos de financiamiento de la Banca Minorista. (Foto: Andina)
Redacción Gestión

La , mediante la Resolución SBS N° 00890-2025, estableció algunas modificaciones con respecto al que se cobra en la .

Esto, con la finalidad de proteger los intereses de los usuarios de los sistemas financiero y de seguros, y como parte de un trabajo permanente de revisión al marco normativo de las entidades bajo su supervisión.

En ese contexto, se modificó los reglamentos de conducta de mercado del sistema financiero y del sistema de seguros en temas relacionados al .

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Cuatro puntos clave

Jorge Carrillo Acosta, profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, explicó cuatro cambios importantes que realiza la con la publicación de esta resolución:

  1. El seguro de desgravamen será “condición para contratar” (obligatorio) únicamente en los créditos hipotecarios, volviéndose opcional para los demás tipos de financiamiento de la Banca Minorista, tales como tarjeta de crédito, préstamo personal, crédito vehicular, crédito por convenio, crédito MYPE, entre otros.
  2. En el caso de , solo se permite cobrar una prima única de seguro de desgravamen, y ya no un cobro distinto por tipo de moneda o modalidad de consumo.
  3. En el caso de endosos de póliza, se prohíbe exigir el pago de la prima anual del seguro por adelantado, exigir como único beneficiario del seguro a la entidad financiera que otorga el crédito, y dilatar la atención de solicitudes de endoso.
  4. Se prohíbe cualquier comisión por evaluación, administración o gestión de póliza endosada.
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“Adicionalmente, se obliga a la entidad financiera a informar acerca de las comisiones que reciben por parte de las aseguradoras por la colocación, administración, cobranza, etc., respecto del seguro de desgravamen que ofrecen a los clientes”, señaló el especialista.

Estas modificaciones serán obligatorias luego de 180 días calendario desde la entrada en vigencia del reglamento (mañana), por lo que se harán efectivas aún desde el 09 de setiembre de 2025.

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