Arrastrar deudas bancarias puede limitar tu acceso a préstamos formales por tu mala reputación crediticia. La prescripción, ¿ayuda? Conozca los detalles. Foto: Pixabay
Arrastrar deudas bancarias puede limitar tu acceso a préstamos formales por tu mala reputación crediticia. La prescripción, ¿ayuda? Conozca los detalles. Foto: Pixabay
Fernando Cuadros Concha

Julio Ramón Ribeyro reconoció en sus Prosas Apátridas sentirse agobiado por “cuentas vencidas e invencibles”. El escritor plasmó un dolor de cabeza atemporal que cargan los peruanos con ¿La ley nos ampara? ¿Se extingue la deuda después de unos años?

El abogado civil Max Vargas comenta a Gestión que, de acuerdo al , la prescripción de cualquier derecho frente a alguien, sea por un crédito o cualquier reclamación, prescribe a los 10 años; pero lo que prescribe solo es el derecho que uno tiene para reclamar.

“No significa, entonces, que la deuda desaparece o que mi obligación a pagar lo que debo deje de existir”, precisó.

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El letrado sostiene que; mas insiste en que no debemos interpretarlo como el fin de la deuda.

Si una deuda prescribió porque dejé de pagarla: ¿qué pasa después?

Vargas sostiene que el banco —o la entidad a la que le debes dinero— ya no tiene el derecho a cobrarte bajo ninguna modalidad. Sin embargo, el camino a esos 10 años para que prescriba la deuda no está lleno de rosas.

“El banco inicia acciones, una vez que dejaste de pagar por un determinado tiempo, vía cartas notariales para exigir el pago. ¿Por qué? Porque necesita tener el sustento de que ha intentado cobrarte y no pudo. Así a nivel tributario con el castigo contable obtienen beneficios”, mencionó.

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Una deuda en el Perú prescribe a los 10 años, pero ¿realmente mi deuda deja de existir? Foto: referencial / difusión
Una deuda en el Perú prescribe a los 10 años, pero ¿realmente mi deuda deja de existir? Foto: referencial / difusión

¿Me pueden embargar bienes y dinero? ¿Puedo ir a la cárcel por no pagar deudas?

Dentro del proceso judicial la entidad afectada puede solicitar una medida cautelar para el embargo de las cuentas bancarias del deudor o de sus bienes contemplados en , sean vehículos o inmuebles.

  • Retención de dinero. Vargas añade que si la justicia encuentra fondos que cubran la deuda se pueden del ciudadano, pero no se lo entregarán al banco hasta que haya una sentencia definitiva en el proceso de cobranza que obligue a pagar.
  • “Por citar un ejemplo fácil, si mi deuda es 100 y en mi cuenta solo hay 10, te retienen esos 10. El embargo seguirá vigente. Si me depositan otros 10, lo retendrán hasta que se cobre la deuda total. Parte del ingreso mensual del deudor se puede retener: por deudas ordinarias hasta el 40%. Por deudas de alimentos, el 60%”, manifestó a este diario.
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  • No hay delito penal por deudas. No pueden afectar tu libertad de tránsito ya que es una deuda de carácter económico patrimonial. Vargas recalca que lo que sí se verá afectado es el patrimonio.

Si tengo deudas no pagadas en Infocorp ¿puedo abrir un negocio formal?

Vargas señala que el registro en una central de riesgos —como — solo detalla el historial de deudas de una persona pero no impide ejercer los derechos, entre ellos, de crear empresas o negocios.

El experto en finanzas, Walter Eyzaguirre, ya explicó a Gestión que no honrar las deudas pedidas en el generan un perfil crediticio negativo para el usuario, lo que le cierra las puertas para acceder a por su historial riesgoso.

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“Lo malo no es tener una deuda sino no cumplir con pagarlas”, reflexionó.

Ambos especialistas coinciden en que al final lo que termina sucediendo es que el deudor busca al banco para renegociar el pago de la deuda, sea esta reduciendo el pago de intereses y moras, a fin de mejorar su legajo crediticio.

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