
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) modificó recientemente el marco normativo para el uso de tarjetas.
Con ello, estableció que las empresas del sistema financiero deben asumir la responsabilidad de los procedimientos de validación de identidad de los usuarios y la obtención de su consentimiento al momento de realizar operaciones, ante casos de operaciones no reconocidas y de aquellas que fueron procesadas sin requerir autenticación reforzada.
También se incluyen las obligaciones de las empresas asociadas al cumplimiento de disposiciones de carácter imperativo.
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El regulador había señalado como fecha para la implementación de las modificaciones normativas referidas a operaciones con tarjetas de crédito presente, y la responsabilidad por pérdidas en operaciones no reconocidas, así como para que las empresas pongan a disposición de plataformas de terceros mecanismos para la tokenización de tarjetas, el 1 de julio de 2025.
Sin embargo, luego de la evaluación del grado de avance en la implementación de estas adecuaciones normativas, así como del volumen y la transaccionalidad de las tarjetas emitidas por las empresas del sistema financiero, la superintendencia identifica que las empresas requieren un mayor plazo para cumplir con las adecuaciones establecidas, lo que considera, entre otros aspectos, el proceso de renovación del stock de sus tarjetas.
Es por ello que ha dispuesto prorrogar el plazo hasta el 1 de abril de 2026.
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