Así se estableció mediante la Resolución Ministerial N.° 290-2026-MINEM/DM. | Fuente: Minem
Así se estableció mediante la Resolución Ministerial N.° 290-2026-MINEM/DM. | Fuente: Minem

El , con el propósito de recibir comentarios durante un plazo de 90 días calendario.

Así se estableció mediante la Resolución Ministerial N.° 290-2026-MINEM/DM. Se esperan aportes y opiniones de la ciudadanía, entidades públicas, sector privado, gremios, academia y especialistas.

“Esta propuesta normativa representa un importante avance en el fortalecimiento de la política nacional de eficiencia energética, al promover la incorporación y permanencia en el mercado peruano de tecnologías de iluminación de mayor desempeño energético”, destacaron desde el Minem.

La medida

“Por primera vez en el país, el reglamento técnico establecerá estándares mínimos de eficiencia energética que deberán cumplir las fuentes de iluminación destinadas a su fabricación, importación, distribución y comercialización en el mercado nacional”, también valoraron.

Su ámbito de aplicación comprende, entre otros productos, lámparas incandescentes, fluorescentes, fluorescentes compactas, lámparas LED, lámparas LED lineales y luminarias LED tipo downlight para iluminación general.

Asimismo, el proyecto incorpora requisitos técnicos armonizados con estándares internacionales, define procedimientos para la evaluación de la conformidad a cargo de organismos de certificación acreditados y establece mecanismos de supervisión y fiscalización que permitirán verificar el cumplimiento de los niveles mínimos de eficiencia energética exigidos para estos productos.

Luces LED. | Andina
Luces LED. | Andina

Como parte de la modernización de los procesos de evaluación de la conformidad, la propuesta prevé que los Certificados de Conformidad incorporen un código QR, mediante el cual tanto las autoridades competentes como los usuarios podrán verificar de manera digital la vigencia del certificado, el cumplimiento del estándar mínimo de eficiencia energética y el valor de eficacia luminosa declarado para cada producto.

El Reglamento Técnico también contempla una implementación gradual de los nuevos requisitos, facilitando la adaptación progresiva de fabricantes, importadores y comercializadores a los estándares establecidos, promoviendo al mismo tiempo la innovación tecnológica y una mayor competitividad del mercado de iluminación eficiente.

Por último, detallaron que los comentarios, aportes y opiniones al proyecto normativo podrán presentarse durante el periodo de consulta pública de noventa (90) días calendario, a través del correo electrónico .

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